ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DIRECCIÓN REGIONAL SUR
Disposición 87/2023
DI-2023-87-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2023
VISTA la NO-2023-01627642-AFIP-AGM0100#SDGOPIM de fecha 19 de julio de 2023, remitida por la jefatura de la Agencia N° 100 - AFIP - DGI, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, la jefatura de la Agencia N° 100, dependiente de ésta Dirección Regional Sur - AFIP – DGI, propone modificar por razones operativas y funcionales, el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimento de la jefatura de la Sección Cobranza Judicial, que fuera establecido mediante la DI-2022-15-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM de fecha 16 de Febrero de 2022.
Que de acuerdo a las facultades delegadas por la Disposición DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018, y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2023-83-E-AFIP-AFIP del 24 de Abril de 2023, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la Sección Cobranza Judicial dependiente de la Agencia N° 100, dependiente de la Dirección Regional Sur – AFIP - DGI, el que quedará establecido de la siguiente forma:
ARTÍCULO 2º.- Déjese sin efecto la DI-2022-15-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM de fecha 16 de Febrero de 2022.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO y archívese.
Jorge Gustavo Arce
DIRECCIÓN REGIONAL SUR
Disposición 87/2023
DI-2023-87-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM
Ciudad de Buenos Aires, 21/07/2023
VISTA la NO-2023-01627642-AFIP-AGM0100#SDGOPIM de fecha 19 de julio de 2023, remitida por la jefatura de la Agencia N° 100 - AFIP - DGI, y
CONSIDERANDO:
Que a través de la misma, la jefatura de la Agencia N° 100, dependiente de ésta Dirección Regional Sur - AFIP – DGI, propone modificar por razones operativas y funcionales, el Régimen de Reemplazos para casos de ausencia o impedimento de la jefatura de la Sección Cobranza Judicial, que fuera establecido mediante la DI-2022-15-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM de fecha 16 de Febrero de 2022.
Que de acuerdo a las facultades delegadas por la Disposición DI-2018-7-E-AFIP-AFIP del 5 de enero de 2018, y a las atribuciones asignadas mediante la Disposición DI-2023-83-E-AFIP-AFIP del 24 de Abril de 2023, procede a disponer en consecuencia.
Por ello,
EL DIRECTOR DE LA DIRECCIÓN REGIONAL SUR DE LA DIRECCIÓN GENERAL IMPOSITIVA DE LA ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°.- Modificar el Régimen de Reemplazos, para casos de ausencia o impedimento de la Jefatura de la Sección Cobranza Judicial dependiente de la Agencia N° 100, dependiente de la Dirección Regional Sur – AFIP - DGI, el que quedará establecido de la siguiente forma:
UNIDAD DE ESTRUCTURA | REEMPLAZANTE (en el orden que se indica) |
SEC. COBRANZA JUDICIAL | 1° REEMPLAZO: Proc. DADON, Viviana Elizabeth (Legajo N.º 042354/92) |
2° REEMPLAZO: Cont. Púb. CORTIZAS, Mariana Marta (Legajo N.º 039581/86) | |
3° REEMPLAZO: Agte. ROSATO, Silvana María (Legajo N.º 090793/08) |
ARTÍCULO 2º.- Déjese sin efecto la DI-2022-15-E-AFIP-DIRSUR#SDGOPIM de fecha 16 de Febrero de 2022.
ARTICULO 3º.- Comuníquese, publíquese y dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO y archívese.
Jorge Gustavo Arce
e. 25/07/2023 N° 57110/23 v. 25/07/2023