MINISTERIO DE SALUD
SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION
Disposición Nº 7/2011
Bs. As., 5/4/2011
VISTO expediente Nº 2002-2849/11-0 del registro del MINISTERIO DE SALUD y la Resolución Ministerial Nº 2 de fecha 7 de enero de 2011, y
CONSIDERANDO:
Que la Resolución Ministerial Nº 2/11 establece en su artículo 5º que "Hasta tanto las entidades certificadoras y los laboratorios de ensayo interesados en brindar el servicio de evaluación del contenido de ftalatos en juguetes y artículos de puericultura se encuentren acreditados ante el ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION, a fin de satisfacer las necesidades del mercado, el MINISTERIO DE SALUD a través de la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION, podrá reconocer con una validez máxima de UN (1) año calendario a entidades que por su trayectoria e idoneidad aseguren un adecuado contralor de las disposiciones en la materia.
A tal fin, las entidades interesadas deberán presentar ante la SUBSECRETARIA DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION del MINISTERIO DE SALUD la solicitud que se acompaña como Punto 9 del Anexo I que forma parte integrante de la presente".
Que los laboratorios deberán acompañar la solicitud arriba mencionada con una recomendación de reconocimiento emitida por INTI-Plásticos, que para ello definirá y comunicará las condiciones requeridas.
Que CAIJ LABORATORIO ha solicitado su reconocimiento como entidad certificante en los términos establecidos.
Que la DIRECCION NACIONAL DE DETERMINANTES DE LA SALUD E INVESTIGACION tomó la intervención de su competencia y dio constancia de que la presentación satisface los requerimientos.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS, ha tomado la intervención de su competencia.
Por ello,
EL SUBSECRETARIO DE RELACIONES SANITARIAS E INVESTIGACION
DISPONE:
ARTICULO 1º — Reconócese a CAIJ LABORATORIO como Laboratorio de Ensayo para la verificación de lo dispuesto en los artículos 1º y 2º de la Resolución Ministerial Nº 583 de fecha 4 de junio de 2008, en los términos establecidos por la Resolución Ministerial Nº 2 de fecha 7 de enero de 2011.
ARTICULO 2º — Comuníquese mediante copia autenticada de la presente Disposición a la DIRECCION DE LEALTAD COMERCIAL de la SUBSECRETARIA DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DEFENSA DEL COMSUMIDOR del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, a la DIRECCION TECNICA DE IMPORTACION de la DIRECCION GENERAL DE ADUANAS de la ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS PUBLICAS, al ORGANISMO ARGENTINO DE ACREDITACION y al INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGIA INDUSTRIAL para su conocimiento.
ARTICULO 3º — Regístrese, comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — Dr. JAIME LAZOVSKI, Subsecretario de Relaciones Sanitarias e Investigación en Salud.
e. 11/04/2011 Nº 39551/11 v. 11/04/2011