Presidencia de la Nación

Disposición 5418 / 2015

ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA


MINISTERIO DE SALUD

DROGAS VEGETALES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 14-Jul-2015
Resumen:

QUEDAN COMPRENDIDOS EN LOS TERMINOS DE LA PRESENTE DISPOSICION LA AUTORIZACION DE COMERCIALIZACION Y VENTA, LA IMPORTACION, EXPORTACION, ELABORACION, EL FRACCIONAMIENTO Y LA DISTRIBUCION, EN JURISDICCION NACIONAL, O CON DESTINO AL COMERCIO INTERJURISDICCIONAL, DE LAS DROGAS VEGETALES, LOS PREPARADOS DE DROGAS VEGETALES, LOS MEDICAMENTOS HERBARIOS Y LAS PERSONAS FISICAS Y JURIDICAS QUE INTERVENGAN EN DICHAS ACTIVIDADES. SUSTITUYESE EN LA TOTALIDAD DE LA DISPOSICION ANMAT N° 2819/04 LA EXPRESION “PRODUCTOS FITOTERAPICOS” POR “MEDICAMENTOS HERBARIOS Y MEDICAMENTOS HERBARIOS DE USO TRADICIONAL”. DEROGANSE EN EL ANEXO VIII DE LA DISPOSICION ANMAT N° 2819/04 LA TOTALIDAD DE LAS DEFINICIONES INCLUIDAS EN EL TITULO “GLOSARIO”. DEROGASE LA DISPOSICION ANMAT N° 2673/99.

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