ESPECIALIDADES MEDICINALES
SUPLEMENTOS DIETARIOS - CONDICIONES DE INSCRIPCION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
22-Sep-1999
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS TITULARES DE PRODUCTOS AUTORIZADOS COMO SUPLEMENTOS DIETERARIOS CON ANTERIORIDAD A LA VIGENCIA DE LA RES. ADNMAT NRO. 74/94 - MSAS, CUYOS CERTIFICADOS NO REUNAN LAS CONDICIONES PARA CONTINUAR INSCRIPTOS EN ESA CATEGORIA, PODRAN SOLICITAR SU INSCRIPCION Y AUTORIZACION DE VENTA SIEMPRE QUE CUMPLAN CON LA DEFINICION QUE MEDICAMENTO FITOTERAPICO CONTENIDA EN LA RES. MSAS NRO. 144/98.-