Presidencia de la Nación

Disposición 395 / 2004

DIRECCION NAC.REG.NAC.PROP.AUTO. Y CRED.PRENDARIOS


PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CREDITOS PRENDARIOS

DEUDA POR INFRACCIONES DE TRANSITO

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 02-Jun-2004
Resumen:

ESTABLECESE QUE LA EXISTENCIA DE DEUDA POR INFRACCIONES DE TRANSITO, EN LA OPERATORIA PREVISTA EN LA DISPOSICION NRO. 515/2003, DEBERA SER NOTIFICADA AL TITULAR REGISTRAL O ADQUIRENTE FIRMANDO EN PRESENCIA DEL ENCARGADO DE REGISTRO.

Observaciones:

ABROGADA POR EL ARTICULO 15° DE LA DISPOSICION 144 E/2017 DE LA DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y CREDITOS PRENDARIOS, B.O. 07/05/2017, PAGINA 27. VIGENCIA: VER ARTICULO 14° DE LA NORMA PRECEDENTEMENTE CITADA.

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