Presidencia de la Nación

Disposición 3788 / 2003

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Disposición 994 / 2005

OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO

Fecha publicación 07-Mar-2005 Descripción
ALMACENAJE IGUAL O SUPERIOR CUARENTA MIL TONELADAS

ESTABLECESE QUE LOS OPERADORES CUYA CAPACIDAD TOTAL DE ALMACENAJE SEA IGUAL O SUPERIOR A LAS CUARENTA MIL TONELADAS, DEBERAN INFORMAR A LA OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO, EN FORMA DIARIA, EL MOVIMIENTO DE GRANOS, MEDIANTE LOS FORMULARIOS DE CARTAS DE PORTE.

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