Presidencia de la Nación

DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS


DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

Disposición 3656/2018

DI-2018-3656-APN-RENAPER#MI

Ciudad de Buenos Aires, 28/08/2018

VISTO, el Expediente Nº EX-2018-41239140-APN-DNDV#RENAPER, las Leyes Nº 17.671 de Identificación, Registro y Clasificación del Potencial Humano Nacional, sus modificatorias y complementarias, N° 22.963 de La Carta y sus modificatorias, y Nº 26.651 Mapa Bicontinental de la República Argentina – Sector Antártico, el Decreto Nº 261 del 2 de marzo de 2011 y sus modificatorios, la Resolución Nº 1474 del 13 de junio de 2012 de esta Dirección Nacional, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 61 de la Ley Nº 17.671 faculta a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA a expedir en forma exclusiva los distintos tipos de Pasaportes.

Que el Decreto Nº 261/11 en su artículo 1° dispone que, con excepción de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, los distintos tipos de Pasaportes Nacionales serán otorgados en todo el territorio de la Nación por esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS.

Que la norma precitada faculta a esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS para incorporar las modificaciones, ajustes y actualizaciones al diseño, las características y elementos de seguridad de los Pasaportes que expide.

Que por la Resolución N° 1474/12 de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, se aprobaron las características del nuevo Pasaporte Electrónico emitido en todo el territorio de la Nación con excepción de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales.

Que conforme lo establece la Ley N° 22.963 el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL es la autoridad de aplicación en la cartografía oficial de la REPÚBLICA ARGENTINA.

Que en virtud de un trabajo en conjunto entre el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el INSTITUTO GEOGRÁFICO NACIONAL y esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS se considera necesario realizar una modificación del mapa de la contratapa del actual Pasaporte Electrónico Argentino.

Que el mapa a utilizarse cumple con las exigencias establecidas en la Ley N° 26.651.

Que la DIRECCIÓN NACIONAL DE DOCUMENTOS DE VIAJE y la DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA JURÍDICA ambas dependientes de esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS han tomado intervención que les compete.

Que la presente se dicta en uso de las facultades y atribuciones que otorgan los artículos 5° y 61 de la Ley Nº 17.671, y 6° del Decreto Nº 261/11.

Por ello,

EL DIRECTOR NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Apruébase la modificación del mapa de la CONTRATAPA del PASAPORTE ELECTRÓNICO ARGENTINO emitido en todo el territorio de la Nación por esta DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO NACIONAL DE LAS PERSONAS, organismo descentralizado actuante en la órbita del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, con excepción de los Pasaportes Diplomáticos y Oficiales, de acuerdo al Anexo DI-2018-41744980-APN-RENAPER#MI que forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 2°.- Determínase que la totalidad de los pasaportes emitidos con anterioridad al dictado de la presente medida, mantendrán su plena vigencia hasta la fecha de vencimiento dispuesta en los mismos o hasta tanto sus titulares soliciten un nuevo ejemplar.

ARTÍCULO 3°.- La presente medida entrará en vigencia a partir del día de la fecha.

ARTÍCULO 4°.- Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. Juan José Damico

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 29/08/2018 N° 62928/18 v. 29/08/2018

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: Anexos)
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