Presidencia de la Nación

ADM.NAC.DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TEC. MEDICA


ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

Disposición 3368/2023

DI-2023-3368-APN-ANMAT#MS

Ciudad de Buenos Aires, 09/05/2023

VISTO el Expediente Nº EX-2022-95402597-APN-SGYEP#JGM, la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164, la Ley N° 27.701 de Presupuesto General de la Administración Nacional, los Decretos Nros. 1.490 del 20 de agosto de 1992 y sus modificatorios y 1421 del 8 de agosto de 2002 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo General para la Administración Pública Nacional, homologado por el Decreto Nº 214 del 27 de febrero de 2006 y sus modificatorios, el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial para el Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), homologado por el Decreto Nº 2.098 del 3 de diciembre de 2008 y sus modificatorios, el DTO-2017-355-APN-PTE del 22 de mayo de 2017 y su modificatorio, la Decisión Administrativa DECAD-2021-449-APN-JGM del 7 de mayo de 2021 y la Resolución N° 39 del 18 de marzo de 2010 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias y las Resoluciones RESOL-2022-88-APN-SGYEP#JGM del 16 de mayo de 2022, RESOL-2022-116-APN-SGYEP#JGM del 29 de junio de 2022 y RESOL-2022-218-APN-SGYEP#JGM del 30 de septiembre de 2022 todas de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, y

CONSIDERANDO:

Que el ingreso de personal al régimen de estabilidad sólo procede mediante la sustanciación de los correspondientes procesos de selección, conforme lo disponen los Artículos 4° y 8° del Anexo a la Ley Marco de Regulación de Empleo Público Nacional Nº 25.164.

Que por el Decreto N° 2.098/08 y sus modificatorios se homologó el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del Personal del SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PÚBLICO (SINEP).

Que mediante la Resolución N° 39/10 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias se aprobó el Régimen de Selección de Personal para el SINEP.

Que mediante el artículo 1° de la Decisión Administrativa N° DECAD-2021-449-APN-JGM se incorporaron y asignaron cargos vacantes a la Planta Permanente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, con el fin de proceder a la cobertura de cargos vacantes y financiados, mediante los correspondientes procesos de selección de personal a realizarse con carácter de excepción al Artículo 7° de la Ley N° 27.591 de Presupuesto General de la Administración Nacional

Que por la Resolución N° RESOL-2022-88-APN-SGYEP#JGM se dio inicio al proceso para la cobertura de CIENTO CINCUENTA Y CUATRO (154) cargos vacantes y financiados de la Planta Permanente de la ANMAT de los cuales TRES (23), con reserva de puesto, se tramitarán de forma diferenciada por su criticidad y complejidad.

Que, asimismo, por la citada resolución se designaron a los integrantes del Comité de Selección Nº 1 y al Coordinador Concursal titular y alterno, conforme con lo establecido por el Artículo 14 del Anexo I a la Resolución Nº 39/10 de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS y sus modificatorias.

Que mediante la Resolución N° RESOL-2022-116-APN-SGYEP#JGM se aprobaron las Bases de los Concursos y el respectivo llamado mediante Convocatoria Interna conforme a los procesos de selección vigentes, para la cobertura de “CIENTO TREINTA Y UN (131) cargos vacantes y financiados que se integrarán dentro de la planta permanente de este Organismo.

Que, consecuentemente, de acuerdo al detalle obrante en el Anexo I vinculado como Anexo Nº IF-2022-94565880-APN-DPSP#JGM, de la Resolución N° RESOL-2022-218-APN-SGYEP#JGM se aprobó el Orden de Mérito elevado por el Comité de Selección Nº 1, correspondiente al proceso de Convocatoria Interna convocado mediante la Resolución Nº RESOL-2022-88-APN-SGYEP#JGM de la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que por aplicación de las normas que conforman el Régimen de Selección, aprobado por la aludida Resolución Nº 39/10 y sus modificatorias, se declararon SESENTA Y TRES (63) cargos desiertos en el Proceso de Selección, los cuales obran como Anexo II agregado como Anexo Nº IF-2022-94566124-APN-DPSP#JGM de la citada Resolución N° RESOL-2022-218-APN-SGYEP#JGM.

Que la Dirección de Recursos Humanos de esta Administración Nacional se expidió respecto a los grados a asignar, conforme los Artículos 31 y 128 del Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial del personal del SINEP, homologado por el Decreto Nº 2.098/08 y sus modificatorios y complementarios.

Que en virtud de todo lo expuesto corresponde designar en la Planta Permanente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT), organismo descentralizado del MINISTERIO DE SALUD, a las personas que se detallan en el Anexo I Nº IF-2023-14009604-APN-DRRHH#ANMAT, el cual forma parte integrante de la presente medida, de acuerdo al Nivel Escalafonario, Agrupamiento, Tramo, Grado consignados en el mencionado Anexo, pertenecientes al Agrupamiento General del SINEP, aprobado por el Convenio Colectivo de Trabajo Sectorial homologado por el Decreto Nº 2.098/08.

Que de conformidad con lo previsto por el Artículo 5° del Decreto Nº DTO-2017-355-APN-PTE, esta Administración Nacional mantiene las facultades de administración de su personal en los términos de los Artículos 3°, 4° y 8° de esta última norma, según las previsiones del Decreto N° 1490/92 y sus modificatorios.

Que las designaciones en los aludidos cargos no constituyen asignación de recurso extraordinario alguno.

Que la SECRETARÍA DE GESTIÓN Y EMPLEO PÚBLICO de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención que le compete a través de sus diferentes Direcciones.

Que la Dirección de Recursos Humanos y Dirección de Asuntos Jurídicos han tomado la intervención de su competencia.

Que se actúa en virtud de las facultades conferidas por los Decretos Nros. 1490/92 y sus modificatorios y 355/17 y su modificatorio.

Por ello,

EL ADMINISTRADOR NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA

DISPONE:

ARTÍCULO 1°.- Desígnanse en planta permanente de la ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE MEDICAMENTOS, ALIMENTOS Y TECNOLOGÍA MÉDICA (ANMAT) a partir del 1ro de junio de 2023 a las personas que se detallan en la planilla que, como Anexo I Nº IF-2023-51646453-APN-DRRHH#ANMAT forma parte integrante de la presente, de acuerdo a las condiciones consignadas en el mencionado Anexo.

ARTÍCULO 2º.- Declárese desierto el Proceso de Selección para los cargos comprendidos en el Anexo II que, como Anexo Nº IF-2022-94566124-APN-DPSP#JGM, forma parte integrante de la presente medida.

ARTÍCULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con las partidas específicas del presupuesto vigente de este Organismo.

ARTÍCULO 4º.- Comuníquese, publíquese, dese a la Dirección Nacional del Registro Oficial. Cumplido, archívese.

Manuel Limeres

NOTA: El/los Anexo/s que integra/n este(a) Disposición se publican en la edición web del BORA -www.boletinoficial.gob.ar-

e. 11/05/2023 N° 33849/23 v. 11/05/2023

(Nota Infoleg: Los anexos referenciados en la presente norma han sido extraídos de la edición web de Boletín Oficial. Los mismos pueden consultarse en el siguiente link: AnexoI, AnexoII)
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