Presidencia de la Nación

Disposición 3 / 2013

DIRECCION NACIONAL DE SANIDAD ANIMAL


MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA

AVES REPRODUCTORAS ADULTAS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 09-Sep-2013
Resumen:

LAS AVES REPRODUCTORAS ADULTAS QUE HAN COMPLETADO UN CICLO DE POSTURA Y LAS GALLINAS DE POSTURA DE HUEVOS COMERCIALES QUE FINALIZARON SU PRIMER CICLO PRODUCTIVO, NO PODRAN SER TRASLADADAS A OTROS ESTABLECIMIENTOS AVICOLAS PARA REALIZAR LA “MUDA FORZADA O REPLUME” CON EL FIN DE INICIAR UN SEGUNDO CICLO PRODUCTIVO.

Scroll hacia arriba