MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
CURSOS DE CAPACITACION REGISTRAL
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Jul-2017
Resumen:
EN EL MARCO DE LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 5°, CUARTO PARRAFO, DE LA RESOLUCION M.J. Y D.H. N° 1981/12 Y SUS MODIFICATORIAS, LOS EMPLEADOS DE LOS REGISTROS SECCIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR EN CUALQUIERA DE SUS COMPETENCIAS DEBERAN EFECTUAR DE MANERA OBLIGATORIA CURSOS DE CAPACITACION REGISTRAL QUE SERAN SUFRAGADOS POR LOS SEÑORES ENCARGADOS DE REGISTRO.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 1°DE LA DISPOSICION 62/2020 DE LA DIRECCION NACIONAL DE LOS REGISTROS NACIONALES DE LA PROPIEDAD DEL AUTOMOTOR Y DE CREDITOS PRENDARIOS, B.O. 03/03/2020, PAGINA 97.