Disposición 21 / 2023
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 26215
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 17-Ene-2007 |
Descripción
PATRIMONIO DE LOS PARTIDOS POLITICOSPATRIMONIO DE LOS PARTIDOS POLITICOS. CONTROL PATRIMONIAL ANUAL. CAMPAÑAS ELECTORALES. CONTROL DE FINANCIAMIENTO DE CAMPAÑAS ELECTORALES. SANCIONES. DISPOSICIONES GENERALES Y TRANSITORIAS. DEROGASE LA LEY Nº 25.600.
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Normativa / Número
Decreto 237 / 2023
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 28-Abr-2023 |
Descripción
CONVOCATORIACONVOCASE AL ELECTORADO DE LA NACION ARGENTINA A LAS ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS PARA LA ELECCION DE CANDIDATOS Y CANDIDATAS A PRESIDENTE O PRESIDENTA DE LA NACION Y VICEPRESIDENTE O VICEPRESIDENTA DE LA NACION, SENADORES Y SENADORAS NACIONALES, DIPUTADOS Y DIPUTADAS NACIONALES Y PARLAMENTARIOS Y PARLAMENTARIAS DEL MERCOSUR DE LOS DISTRITOS NACIONAL Y REGIONALES EL DIA 13 DE AGOSTO DE 2023.
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Normativa / Número
Disposición 9 / 2023
DIRECCION NACIONAL ELECTORAL |
Fecha publicación 10-Mayo-2023 |
Descripción
APORTE PARA LA IMPRESION DE BOLETAS - VALOR DE REFERENCIADETERMINASE EN LA SUMA DE PESOS DOS CON NOVENTA Y DOS CENTAVOS ($ 2,92.-) LA UNIDAD DE BOLETA DE DOCE CENTIMETROS POR DIECINUEVE CENTIMETROS (12 CM. POR 19 CM.) COMO VALOR DE REFERENCIA DEL APORTE PARA LA IMPRESION DE BOLETAS, EN EL MARCO DE LOS PROCESOS ELECTORALES NACIONALES A DESARROLLARSE DURANTE EL AÑO 2023, CONFORME LO ESTABLECIDO EN LOS ARTICULOS 35 DE LA LEY Nº 26.215 Y SUS MODIFICATORIAS Y 32 DE LA LEY N° 26.571 Y SUS MODIFICATORIAS.
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Normativa / Número
Resolución 92 / 2023
MINISTERIO DEL INTERIOR |
Fecha publicación 15-Jun-2023 |
Descripción
APORTE DE CAMPAÑA - DETERMINASE MONTO GLOBALDETERMINASE COMO MONTO GLOBAL PARA EL APORTE DE CAMPAÑA PARA LAS ELECCIONES PRIMARIAS, ABIERTAS, SIMULTANEAS Y OBLIGATORIAS CONVOCADAS PARA EL DIA 13 DE AGOSTO DE 2023, LA SUMA DE PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 650.000.000.-) PARA LA CATEGORIA PRESIDENTE O PRESIDENTA Y VICEPRESIDENTE O VICEPRESIDENTA; LA SUMA DE PESOS SEISCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 650.000.000.-) PARA LA CATEGORIA DIPUTADOS Y DIPUTADAS NACIONALES; LA SUMA DE PESOS TRESCIENTOS VEINTICINCO MILLONES ($ 325.000.000.-) PARA LA CATEGORIA DE SENADORES Y SENADORAS NACIONALES; LA SUMA DE PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES ($ 65.000.000.-) PARA LA CATEGORIA DE PARLAMENTARIOS Y PARLAMENTARIAS DEL MERCOSUR DISTRITO NACIONAL Y LA SUMA DE PESOS SESENTA Y CINCO MILLONES ($ 65.000.000.-) PARA LA CATEGORIA DE PARLAMENTARIOS Y PARLAMENTARIAS DEL MERCOSUR DISTRITOS REGIONALES.
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