Disposición 2 / 2021
DIRECCION NACIONAL DE PLANIFICACION ESTRATEGICA PREVENCION
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Decreto DNU 260 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 12-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID-19) - DISPOSICIONESAMPLIASE LA EMERGENCIA PUBLICA EN MATERIA SANITARIA ESTABLECIDA POR LEY N° 27.541, EN VIRTUD DE LA PANDEMIA DECLARADA POR LA ORGANIZACION MUNDIAL DE LA SALUD (OMS) EN RELACION CON EL CORONAVIRUS COVID-19, POR EL PLAZO DE UN (1) AÑO A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO. DISPOSICIONES. FACULTADES DE LA AUTORIDAD SANITARIA. AISLAMIENTO OBLIGATORIO. ACCIONES PREVENTIVAS. SUSPENSION TEMPORARIA DE VUELOS.
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Normativa / Número
Disposición 1 / 2020
DIRECCION NACIONAL DE REGISTRO Y DELEGACIONES |
Fecha publicación 18-Mar-2020 |
Descripción
VENCIMIENTOS - PRORROGAESTABLECESE QUE LOS VENCIMIENTOS DE TODAS LAS AUTORIZACIONES, HABILITACIONES, INSCRIPCIONES Y PERMISOS EMITIDOS POR LA AGENCIA NACIONAL DE MATERIALES CONTROLADOS, OPERADOS DESDE EL 1° DE MARZO DE 2020, QUEDAN AUTOMATICAMENTE PRORROGADOS HASTA EL 30 DE ABRIL DE 2020.
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Normativa / Número
Decreto DNU 297 / 2020
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 20-Mar-2020 |
Descripción
CORONAVIRUS (COVID -19) - DISPOSICIONESA FIN DE PROTEGER LA SALUD PUBLICA, LO QUE CONSTITUYE UNA OBLIGACION INALIENABLE DEL ESTADO NACIONAL, SE ESTABLECE PARA TODAS LAS PERSONAS QUE HABITAN EN EL PAIS O SE ENCUENTREN EN EL EN FORMA TEMPORARIA, LA MEDIDA DE “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” EN LOS TERMINOS INDICADOS EN EL PRESENTE DECRETO. LA MISMA REGIRA DESDE EL 20 HASTA EL 31 DE MARZO INCLUSIVE DEL CORRIENTE AÑO, PUDIENDOSE PRORROGAR ESTE PLAZO POR EL TIEMPO QUE SE CONSIDERE NECESARIO EN ATENCION A LA SITUACION EPIDEMIOLOGICA.
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Normativa / Número
Decisión Administrativa 524 / 2020
JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS |
Fecha publicación 18-Abr-2020 |
Descripción
ACTIVIDADES Y SERVICIOS - EXCEPCIONEXCEPCION DEL CUMPLIMIENTO DEL “AISLAMIENTO SOCIAL, PREVENTIVO Y OBLIGATORIO” Y DE LA PROHIBICION DE CIRCULAR, EN EL AMBITO DE DETERMINADAS PROVINCIAS, PARA EL PERSONAL AFECTADO A LAS ACTIVIDADES Y SERVICIOS DETALLADOS.
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