REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
Disposición Técnico Registral 2/2007
Incorpórase a los Procuradores matriculados en la jurisdicción local dentro de los profesionales autorizados a inscribir los documentos a que se refiere el artículo 1 inc. a) de la Disposición Técnico Registral Nº 7/02.
Bs. As., 5/6/2007
VISTO la calificación de los documentos presentados a inscribir de conformidad con el régimen establecido en la Ley 22.172 (art. 7º y 8º), lo determinado en la Disposición Técnico Registral Nº 7/2002 y
CONSIDERANDO
Que si bien la Disposición mencionada, en sus Considerandos señala que 'los documentos expedidos por Juzgados o Tribunales de Jurisdicción territorial diferente a la de este Registro deben ser presentados por Abogados o Procuradores matriculados en la jurisdicción local, como condición 'sine qua non' para su habilitación', al redactar el punto a) del artículo 2 de dicha disposición, no se consignó al Procurador entre los facultados para suscribir la solicitud en cuestión (F Nº 41 RPI).
Por ello, en uso de las facultades que le acuerda la ley, el
EL DIRECTOR GENERAL DEL REGISTRO DE LA PROPIEDAD INMUEBLE DE LA CAPITAL FEDERAL
DISPONE:
Artículo 1º — Incorpórase a los Procuradores matriculados en la jurisdicción local dentro de los profesionales autorizados a inscribir los documentos a que se refiere el artículo 1 inc. a) de la Disposición Técnico Registral Nº 7/02.
Art. 2º — La acreditación de la condición exigida precedentemente se efectuará con la identificación personal del solicitante ante la persona de la División Presentación y Salida de Documentos que se designe a ese efecto, debiendo además, acompañar copia de la respectiva credencial. A tal fin se deberá llenar la solicitud, cuyo modelo se agrega como anexo I de la presente, la que será suscrita por el profesional solicitante y el registrador que efectúe la recepción y cotejo, la que se agregará al documento respectivo.
Art. 3º — Póngase en conocimiento del Superior. Notifíquese al Sr. Presidente del Colegio de Procuradores de la Ciudad de Buenos Aires. Para su implementación hágase saber a todos los Departamentos de esta Dirección General. Remítase nota de estilo al Boletín Oficial solicitando su publicación. Regístrese. Archívese. — Alberto F. Ruiz de Erenchun.
ANEXO I
(Anexo sustituido por art. 1° de la Disposición Técnico Registral N° 3/2007 del Registro de la Propiedad Inmueble de la Capital Federal B.O. 25/7/2007)
FORMULARIO PROCURADOR
Buenos Aires, | de | de 20 . |
En el día de la fecha, he constatado la identidad del solicitante de la inscripción de documento ingresado bajo el N° ……. de fecha …….. por el que se peticiona ........................, mediante la exhibición de su credencial expedida por la Oficina de Matrícula de Procuradores Dependiente de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, de la que resulta, 'prima facie', su condición de Procurador matriculado. Firmo conjuntamente con el Procurador Sr ................................................ . Matrícula N° . ............. , en el lugar y fecha arriba indicado.
Firma del procurador | Firma del registrador |