JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 19/2023
DI-2023-19-APN-SSIA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2023
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-86328615- -APN-DNSAYFD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, la Ley N° 25.506 y su modificatoria, los Decretos Nos. 182 del 11 de marzo de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 227 del 21 de octubre de 2010 y las Resoluciones de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 946 del 22 de septiembre de 2021 y N° 10 del 26 de agosto de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.
Que el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019 aprobó la reglamentación de la Ley N° 25.506 de Firma Digital regulando el empleo del documento electrónico, de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en el marco de la Infraestructura de Firma Digital.
Que la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 227/2010 otorgó la licencia a la Oficina Nacional de Tecnologías de Información para operar como Certificador Licenciado y aprobó la Política de Certificación para Personas Físicas de Entes Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites con el Estado de la Autoridad Certificante de dicha Oficina Nacional de Tecnologías de Información AC ONTI.
Que por su parte el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios creó entre otros, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, estableciendo entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.
Que el citado Decreto N° 50/2019 y modificatorios, creó en igual sentido a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, estableciendo para ésta una serie de objetivos entre los que se encuentran el de intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital.
Que por otro lado la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y sus modificatorias aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, estableciendo, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional, la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información y asistir a la Subsecretaría en su administración.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 946 del 22 de septiembre de 2021, aprobó los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 10 del 26 de agosto de 2022 aprobó la nueva “Política Única de Certificación v.4.0” de la AC-ONTI, bajo la cual deberá emitir certificados digitales, el “Manual de Procedimientos v4.0” de la AC-ONTI y el “Acuerdo con Suscriptores v4.0” de la AC-ONTI.
Que, mediante el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para conformarse como Autoridad de Registro de la AC ONTI, en el que obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC ONTI.
Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE MINISTROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. - Autorízase al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (AC ONTI).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Silvana Carolina Isabel Rica
SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA
Disposición 19/2023
DI-2023-19-APN-SSIA#JGM
Ciudad de Buenos Aires, 11/05/2023
VISTO el Expediente Electrónico N° EX-2019-86328615- -APN-DNSAYFD#JGM del Registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, la Ley N° 25.506 y su modificatoria, los Decretos Nos. 182 del 11 de marzo de 2019 y su modificatorio, 50 del 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios, la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y sus modificatorias, la Resolución de la ex SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 227 del 21 de octubre de 2010 y las Resoluciones de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 946 del 22 de septiembre de 2021 y N° 10 del 26 de agosto de 2022 y,
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 25.506 de Firma Digital reconoció la eficacia jurídica del documento electrónico, la firma electrónica y la firma digital, estableciendo las características de la Infraestructura de Firma Digital.
Que el Decreto N° 182 del 11 de marzo de 2019 aprobó la reglamentación de la Ley N° 25.506 de Firma Digital regulando el empleo del documento electrónico, de la firma electrónica y de la firma digital y su eficacia jurídica en el marco de la Infraestructura de Firma Digital.
Que la Resolución de la ex-SECRETARÍA DE LA GESTIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 227/2010 otorgó la licencia a la Oficina Nacional de Tecnologías de Información para operar como Certificador Licenciado y aprobó la Política de Certificación para Personas Físicas de Entes Públicos, Estatales o no Estatales, y Personas Físicas que realicen trámites con el Estado de la Autoridad Certificante de dicha Oficina Nacional de Tecnologías de Información AC ONTI.
Que por su parte el Decreto Nº 50 de fecha 19 de diciembre de 2019 y sus modificatorios creó entre otros, a la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA dependiente de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, estableciendo entre sus objetivos, el de actuar como Autoridad de Aplicación del régimen normativo que establece la infraestructura de firma digital dispuesta por la Ley N° 25.506.
Que el citado Decreto N° 50/2019 y modificatorios, creó en igual sentido a la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA, dependiente de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, estableciendo para ésta una serie de objetivos entre los que se encuentran el de intervenir en el marco regulatorio del régimen relativo a la validez legal del documento y firma digital.
Que por otro lado la Decisión Administrativa N° 1865 del 14 de octubre de 2020 y sus modificatorias aprobó la estructura organizativa de primer y segundo nivel operativo de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN, estableciendo, entre las acciones de la DIRECCIÓN NACIONAL DE FIRMA DIGITAL E INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA dependiente de la SUBSECRETARÍA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA, la de gestionar la Autoridad Certificante de Firma Digital para el Sector Público Nacional, la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de la Información y asistir a la Subsecretaría en su administración.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS Nº 946 del 22 de septiembre de 2021, aprobó los procedimientos y pautas técnicas complementarias del marco normativo de Firma Digital para certificadores licenciados.
Que la Resolución de la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS N° 10 del 26 de agosto de 2022 aprobó la nueva “Política Única de Certificación v.4.0” de la AC-ONTI, bajo la cual deberá emitir certificados digitales, el “Manual de Procedimientos v4.0” de la AC-ONTI y el “Acuerdo con Suscriptores v4.0” de la AC-ONTI.
Que, mediante el expediente electrónico citado en el Visto, tramita la solicitud del CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES para conformarse como Autoridad de Registro de la AC ONTI, en el que obra la documentación que acredita el cumplimiento de los requisitos que la normativa exige para la conformación de Autoridades de Registro de la AC ONTI.
Que ha tomado intervención la SECRETARÍA DE INNOVACIÓN PÚBLICA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS de la NACIÓN.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA LEGAL de la SECRETARÍA DE COORDINACIÓN LEGAL y ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por el Decreto N° 50/2019 y sus modificatorios.
Por ello,
LA SUBSECRETARIA DE INNOVACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE MINISTROS
DISPONE:
ARTÍCULO 1°. - Autorízase al CONSEJO DE LA MAGISTRATURA DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, a cumplir las funciones de Autoridad de Registro de la Autoridad Certificante de la Oficina Nacional de Tecnologías de Información (AC ONTI).
ARTÍCULO 2°. - Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.
Silvana Carolina Isabel Rica
e. 15/05/2023 N° 34472/23 v. 15/05/2023