MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PUBLICAS Y VIVIENDA
CONCESION DE RESIDENCIA TEMPORARIA
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Mar-2017
Resumen:
AUTORIZASE POR EL PLAZO DE SEIS (6) MESES A PARTIR DE LA ENTRADA EN VIGENCIA DE LA PRESENTE DISPOSICION, LA CONCESION DE RESIDENCIA TEMPORARIA EN EL MARCO DE LO NORMADO POR EL ARTICULO 23 INCISO M) DE LA LEY N° 25.871 Y SU DECRETO REGLAMENTARIO N° 616 DEL 3 DE MAYO DE 2010, A LOS NACIONALES PROVENIENTES DE LA REPUBLICA DE HAITI, TITULARES DE PASAPORTE ORDINARIO EMITIDO POR AUTORIDAD COMPETENTE, QUE HABIENDO INGRESADO A LA REPUBLICA ARGENTINA EN CALIDAD DE TURISTAS ANTES DEL 1° DE MARZO DE 2017, NO PUDIERAN ENCUADRAR EN ALGUNO DE LOS DEMAS CRITERIOS ESTABLECIDOS EN LA LEY DE MIGRACIONES PARA ACCEDER A UNA RESIDENCIA TEMPORARIA.