REGISTRO NACIONAL DE AERONAVES
PLAZO COMUN DE CADUCIDAD - APLICACION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
02-Feb-2007
Resumen:
DISPONE LA APLICACION DEL PLAZO COMUN DE CADUCIDAD DE LA INSCRIPCION DE LAS MEDIDAS CAUTELARES DE EMBARGOS Y ANOTACION DE LITIS DE CINCO AÑOS DESDE SU ANOTACION EN EL REGISTRO, EN ANALOGIA A LO DISPUESTO EN EL ART. 37 DE LA LEY 17.801/1968.