MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 09/10
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Federativa del Brasil sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 - Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Federativa del Brasil para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 3002.20.11 Contra la gripe
Nota Referencial: contra la influencia A (H1N1)
Cantidad: sin límite cuantitativo
Plazo: 12 meses
Alícuota: 0%
Art. 2 - Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Federativa del Brasil. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 14/VI/10.
CXIII CCM - Montevideo, 14/IV/10.