MERCOSUR/CCM/DIR. Nº 24/08
ACCIONES PUNTUALES EN EL AMBITO ARANCELARIO POR RAZONES DE ABASTECIMIENTO
VISTO: El Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y la Resolución Nº 69/00 del Grupo Mercado Común.
CONSIDERANDO:
Que la CCM analizó la solicitud presentada por la República Argentina sobre reducción arancelaria temporal por imposibilidad de abastecimiento normal y fluido.
Que la CCM aprobó la reducción arancelaria solicitada.
LA COMISION DE COMERCIO DEL MERCOSUR
APRUEBA LA SIGUIENTE DIRECTIVA:
Art. 1 — Aprobar en el ámbito de la Resolución GMC Nº 69/00 la rebaja arancelaria solicitada por la República Argentina para el siguiente ítem arancelario con las correspondientes especificaciones sobre límite cuantitativo, alícuota y plazo de vigencia:
NCM 2917.36.00 "Acido tereftálico y sus sales"
Cantidad: 220.000 toneladas
Plazo: 12 meses
Alícuota: 0%
Art. 2 — Esta Directiva necesita ser incorporada sólo al ordenamiento jurídico interno de la República Argentina. Esta incorporación deberá ser realizada antes del 15/XII/08.
CIV CCM - Montevideo, 16/X/08