Presidencia de la Nación

Decreto/Ley 6618 / 1957

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


JUEGOS DE AZAR

PROHIBICION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 24-Jun-1957
Resumen:

QUEDAN PROHIBIDOS LOS JUEGOS DE AZAR EN LA CAPITAL DE LA REPUBLICA Y EN EL TERRITORIO NACIONAL DE TIERRA DEL FUEGO, ANTARTIDA E ISLAS DEL ATLANTICO SUD, COMO ASIMISMO TODO CONTRATO DE ANUNCIO, INTRODUCCION O CIRCULACION DE LOTERIA QUE NO SE HALLE EXPRESAMENTE AUTORIZADA POR LA LEY.

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