Ministerio de Educación y Justicia
JUSTICIA NACIONAL
DECRETO LEY N° 6.442
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 4.
Buenos Aires, 1° de agosto de 1963.
VISTO que el artículo 13 de la Ley 14.408 establece que en los ex Territorios Nacionales, que fueron declarados provincias por el artículo 1° de la misma ley, habrá un Juez Nacional de Primera Instancia en cada una de las capitales de nuevas provincias, una vez organizada la justicia provincial, y
CONSIDERANDO:
Que se reputa conveniente trasladar el ex Juzgado Federal de Neuquén N° 1 a la Capital Federal para su funcionamiento como Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal;
Por ello,
ARTICULO 1°-Trasládase a la Capital Federal, con todo su personal y bienes patrimoniales, el ex Juzgado Federal de Neuquén N° 1, el que funcionará como Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 4.
ARTICULO 2°-Dése cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.
ARTICULO 3°-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos del Interior, Defensa Nacional y Educación y Justicia.
ARTICULO 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
GUIDO.- Osiris G. Villegas.- José M. Astigueta.- Bernardo Bas.
JUSTICIA NACIONAL
DECRETO LEY N° 6.442
Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 4.
Buenos Aires, 1° de agosto de 1963.
VISTO que el artículo 13 de la Ley 14.408 establece que en los ex Territorios Nacionales, que fueron declarados provincias por el artículo 1° de la misma ley, habrá un Juez Nacional de Primera Instancia en cada una de las capitales de nuevas provincias, una vez organizada la justicia provincial, y
CONSIDERANDO:
Que se reputa conveniente trasladar el ex Juzgado Federal de Neuquén N° 1 a la Capital Federal para su funcionamiento como Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal de la Capital Federal;
Por ello,
El Presidente de la Nación Argentina Decreta con fuerza de
LEY:
LEY:
ARTICULO 1°-Trasládase a la Capital Federal, con todo su personal y bienes patrimoniales, el ex Juzgado Federal de Neuquén N° 1, el que funcionará como Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correccional Federal N° 4.
ARTICULO 2°-Dése cuenta oportunamente al Honorable Congreso de la Nación.
ARTICULO 3°-El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos del Interior, Defensa Nacional y Educación y Justicia.
ARTICULO 4°-Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección General del Boletín Oficial e Imprentas y archívese.
GUIDO.- Osiris G. Villegas.- José M. Astigueta.- Bernardo Bas.