PERSONAS CON DISCAPACIDAD, DEBER DE INFORMAR SOBRE SUS DERECHOS AL MOMENTO DE ENTREGAR EL CERTIFICADO DE DISCAPACIDAD
Decreto 969/2016
Buenos Aires, 30/08/2016
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.269 (IF-2016-900044-APN-MDS), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 10 de Agosto de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.
Decreto 969/2016
Buenos Aires, 30/08/2016
En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL, promúlgase la Ley N° 27.269 (IF-2016-900044-APN-MDS), sancionada por el HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN en su sesión del día 10 de Agosto de 2016.
Dése para su publicación a la Dirección Nacional del Registro Oficial, gírese copia al HONORABLE CONGRESO DE LA NACIÓN y comuníquese al Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales. Cumplido, archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Carolina Stanley.