Presidencia de la Nación

Decreto Reglamentario 9277 / 1953

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


HIPODROMOS Y AGENCIAS DE SPORT

LEY Nº 14.188 - REGLAMENTACION Y APUESTAS MUTUAS

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 03-Jun-1953
Resumen:

EL CUMPLIMIENTO DE LAS DISPOSICIONES DE LA LEY N° 14.188 SERA DE COMPETENCIA DEL MINISTERIO DE HACIENDA DE LA NACION, Y ESTARA A CARGO DE LA LOTERIA DE BENEFICENCIA NACIONAL Y CASINOS.

Observaciones:

ABROGADO POR ARTICULO 14 DEL DECRETO N° 1828/1963 B.O. 18/03/1963 PAGINA 1.

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