BIBLIOTECAS POPULARES
Decreto 92/98
Desígnanse Presidente y Secretaria de la Comisión Nacional Protectora de Bibliotecas Populares.
Bs. As., 26/1/98
B.O: 29/01/98
VISTO que el 19 de octubre de 1997 se cumplió el período de ley para el que fueron designados el Presidente y la Secretaria de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 23.351 y el artículo 12 del Reglamento de la citada Comisión, aprobado por el Decreto Nº 1078 del 6 de julio de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que fue necesario garantizar la continuidad del normal funcionamiento de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES.
Que se propone dar por designado al señor Daniel Ramón RIOS (D.N.I. Nº 8.626.561) como Presidente y a la señora Ana Teresa DOBRA (L.C. Nº 6.078.671) como Secretaria de la mencionada Comisión.
Que los antecedentes académicos, profesionales, institucionales y personales de los postulantes se ajustan a las exigencias de la Ley Nº 23.351 y acreditan la estrecha vinculación al quehacer bibliotecario y la suficiente experiencia en el ámbito de la educación y de la cultura popular.
Que, por otra parte, es voluntad del Gobierno Nacional continuar con el fortalecimiento de la política de apoyo y fomento de las bibliotecas populares y estimular el desarrollo de los servicios bibliotecarios y la promoción de la lectura popular.
Que la presente medida se dicta de conformidad con lo establecido en los artículos 9º y 10 de la Ley Nº 23.351, y el artículo 99, inciso 1º) de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1º-Dase por designado Presidente de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION al Profesor Daniel Ramón RIOS (D.N.I. Nº 8.626.561) por un nuevo período de ley, a partir del 19 de octubre de 1997.
Art. 2º-Dase por designada Secretaria de la COMISION NACIONAL PROTECTORA DE BIBLIOTECAS POPULARES, en jurisdicción de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION a la señora Ana Teresa DOBRA (L.C. Nº 6.078.671) por un nuevo período de ley, a partir del 19 de octubre de 1997.
Art. 3º-Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.-MENEM.-Carlos V. Corach.