PROMOCION NO INDUSTRIAL
EL CEREZAL SOCIEDAD ANONIMA
Resumen:
IMPONESE A LA FIRMA EL CEREZAL SOCIEDAD ANONIMA —ANEXO II DEL DECRETO Nº 1541 DE FECHA 24 DE DICIEMBRE DE 1998— EL DECAIMIENTO TOTAL DE LOS BENEFICIOS PROMOCIONALES, EL REINTEGRO DE LOS TRIBUTOS NO ABONADOS CON MOTIVO DE LA PROMOCION ACORDADA CON MAS SUS INTERESES Y LA DEVOLUCION INMEDIATA DE LOS IMPUESTOS DIFERIDOS POR LOS INVERSIONISTAS, DE CORRESPONDER, CONFORME LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 15 DE LA LEY Nº 22.021 Y SUS MODIFICACIONES. DISPONESE LA EXTINCION DEL CUPO FISCAL ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 51 “IN FINE” DE LA LEY Nº 24.938, QUE DIERA LUGAR A LA ASIGNACION POR PARTE DE LA SECRETARIA DE HACIENDA DEL ENTONCES MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS DEL COSTO FISCAL TEORICO CORRESPONDIENTE AL PROYECTO DE LA FIRMA.