ESTATUTOS DE LOS REFUGIADOS
DECRETO N° 8712
Buenos Aires , 2 de octubre de 1961
POR TANTO:
Tengáse por ley de la Nación, cúmplase, comuniquése, publíquese, dése a la Dirección general del Boletín Oficial e imprentas y archívese.
FRONDIZI- Miguel A. Cárcano
DECRETO N° 8712
Buenos Aires , 2 de octubre de 1961
POR TANTO:
Tengáse por ley de la Nación, cúmplase, comuniquése, publíquese, dése a la Dirección general del Boletín Oficial e imprentas y archívese.
FRONDIZI- Miguel A. Cárcano