Presidencia de la Nación

Decreto 854 / 2021

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL

PENSION GRACIABLE DE CARACTER VITALICIO - DISPOSICIONES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 17-Dic-2021
Resumen:

LA PENSION GRACIABLE DE CARACTER VITALICIO ESTABLECIDA POR EL ARTICULO 5° DE LA LEY Nº 27.549 SE ABONARA A SUS BENEFICIARIOS Y BENEFICIARIAS DESDE LA FECHA DE SOLICITUD PARA SU TRAMITACION ANTE LA ADMINISTRACION NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES) O DESDE LA FECHA EN QUE SE HAYA SOLICITADO EN FORMA FEHACIENTE ANTE CUALQUIER ORGANISMO DEL ESTADO NACIONAL, SI ELLO ES ANTERIOR A LA ENTRADA EN VIGENCIA DEL PRESENTE DECRETO.

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