NOMENCLATURA COMUN DEL MERCOSUR
DERECHO DE EXPORTACION
Resumen:
FIJASE EN CERO POR CIENTO (0 %) LA ALICUOTA DEL DERECHO DE EXPORTACION (D.E.) PARA LOS PRODUCTOS QUE REVISTAN LA CONDICION DE ECOLOGICOS, BIOLOGICOS U ORGANICOS, DEBIDAMENTE CERTIFICADOS Y AUTORIZADOS POR EL ORGANISMO COMPETENTE, EN LOS TERMINOS DE LA LEY N° 25.127, SU REGLAMENTACION Y SUS NORMAS COMPLEMENTARIAS, Y QUE PRESENTEN EL CERTIFICADO DE EMPRESA CERTIFICADORA, AUTORIZADA POR EL SERVICIO NACIONAL DE SANIDADY CALIDAD AGROALIMENTARIA (SENASA), ORGANISMO DESCENTRALIZADO EN LA ORBITA DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y PESCA, CON EXCEPCION DE AQUELLOS QUE SE ENCUENTREN COMPRENDIDOS EN EL ARTICULO 2° DE LA PRESENTE MEDIDA.