REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO
ART 124 LCT - CONTROL Y SUPERVISION
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
01-Sep-1997
Resumen:
ESTABLECESE QUE SE ENCONTRARAN CUMPLIDOS A TRAVES DE LA REMISION POR PARTE DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA INFORMACION QUE DEBERAN SUMINISTRAR LAS ENTIDADES BANCARIAS AL MENCIONADO BANCO RESPECTO DE LOS DEPOSITOS QUE HAGAN LOS EMPLEADORES PARA EL PAGO DE SALARIOS, A LOS EFECTOS DEL CONTROL Y SUPERVISION PREVISTOS POR EL ART. 124 DEL REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO