Presidencia de la Nación

Decreto 847 / 1997

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO

ART 124 LCT - CONTROL Y SUPERVISION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 01-Sep-1997
Resumen:

ESTABLECESE QUE SE ENCONTRARAN CUMPLIDOS A TRAVES DE LA REMISION POR PARTE DEL BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA AL MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL DE LA INFORMACION QUE DEBERAN SUMINISTRAR LAS ENTIDADES BANCARIAS AL MENCIONADO BANCO RESPECTO DE LOS DEPOSITOS QUE HAGAN LOS EMPLEADORES PARA EL PAGO DE SALARIOS, A LOS EFECTOS DEL CONTROL Y SUPERVISION PREVISTOS POR EL ART. 124 DEL REGIMEN DE CONTRATO DE TRABAJO

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