Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL

Decreto 841/2014

Decreto Nº 357/2002. Modificación.

Bs. As., 4/6/2014

VISTO el expediente Nº 14652/2014 del registro de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la norma citada en el VISTO, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.

Que una de las premisas del Gobierno Nacional es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos con miras a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que como bien es sabido las políticas públicas son las respuestas que el Estado debe dar a las demandas de la sociedad, en forma de normas, instituciones, prestaciones, bienes públicos o servicios. En tal sentido la formulación correcta de tales herramientas es de vital importancia para brindar una solución adecuada a los problemas planteados. Además de la formulación de una política pública, también resulta transcendente conocer los mecanismos para medir no sólo su eficiencia sino cómo la misma se articula con la dinámica del sector al cual va dirigida.

Que la complejidad que acarrea la formulación e implementación de las políticas públicas, determinan la necesidad de establecer un área que coadyuve a comprender, difundir y formar en la materia, motivo por el cual se propicia la creación de la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS en el ámbito de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, la que tendrá como objetivo principal el desarrollo de programas destinados a la formación integral en materia de políticas públicas.

Que en atención a ello corresponde la transferencia de la Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la Subsecretaría a crearse con dependencia de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que han tomado intervención la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL centralizada—, el Apartado XI, correspondiente a la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como Planilla Anexa al presente artículo.

Art. 2° — Suprímese el Objetivo 17 de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprobado por el Anexo II al artículo 2° del Decreto Nº 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios.

Art. 3° — Incorpórase al Anexo II del artículo 2° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—, Apartado XI, en la parte correspondiente a los Objetivos de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, el siguiente:

“49. Entender en el desarrollo de programas destinados a la formación integral en materia de políticas públicas”.

Art. 4° — Incorpóranse al Anexo II del artículo 2° del Decreto Nº 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios —Objetivos—, en el Apartado XI, los Objetivos de la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el detalle obrante en la Planilla Anexa al presente artículo, que forma parte integrante de este Decreto.

Art. 5° — Apruébase la estructura organizativa de la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, de conformidad con el Organigrama y Responsabilidad Primaria y Acciones que, como Anexos I y II, forman parte integrante de este Decreto.

Art. 6° — Transfiérese la Coordinación de la Escuela Superior de Gobierno del ámbito de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a la órbita de la SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 7° — La transferencia a que alude el artículo anterior comprenderá las unidades organizativas con sus respectivas responsabilidades primarias y acciones, créditos presupuestarios, bienes y dotaciones vigentes a la fecha, con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones Ejecutivas previstas en el Decreto Nº 2098 del 3 de diciembre de 2008, sus modificatorios y complementarios.

Art. 8° — Suprímese de la Responsabilidad Primaria del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprobada por el Decreto Nº 624 de fecha 21 de agosto de 2003 y modificatorios, la siguiente: “Proponer la política y ejecutar los planes de acción para el desarrollo de la Escuela Superior de Gobierno”.

Art. 9° — Suprímese la Acción 6 de la Dirección de Extensión Académica del INSTITUTO NACIONAL DE LA ADMINISTRACION PUBLICA, dependiente de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, aprobada por Resolución de la Jefatura de Gabinete de Ministros Nº 85 de fecha 5 de marzo de 2012, sus modificatorias y complementarias.

Art. 10. — El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a los créditos asignados a la Jurisdicción 25 - JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS.

Art. 11. — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Jorge M. Capitanich.

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 1°

XI.- JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION ADMINISTRATIVA

- SUBSECRETARIA PARA LA REFORMA INSTITUCIONAL Y FORTALECIMIENTO DE LA DEMOCRACIA

- SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO

- SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION

- SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS

SECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA

- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION PUBLICA

- SUBSECRETARIA DE COMUNICACION Y CONTENIDOS DE DIFUSION

- SUBSECRETARIA DE GESTION ADMINISTRATIVA

SECRETARIA DE EVALUACION PRESUPUESTARIA

- SUBSECRETARIA DE EVALUACION DEL PRESUPUESTO NACIONAL

- SUBSECRETARIA DE EVALUACION DE PROYECTOS CON FINANCIAMIENTO EXTERNO

SECRETARIA DE RELACIONES PARLAMENTARIAS

- SUBSECRETARIA DE RELACIONES INSTITUCIONALES

SECRETARIA DE AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE

- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y POLITICA AMBIENTAL

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION DE POLITICAS AMBIENTALES

- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DEL DESARROLLO SUSTENTABLE

- SUBSECRETARIA DE CONTROL Y FISCALIZACION AMBIENTAL Y PREVENCION DE LA CONTAMINACION

SECRETARIA DE INTEGRACION NACIONAL

- SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION Y GESTION PARA LA INTEGRACION NACIONAL

- SUBSECRETARIA DE EJECUCION OPERATIVA

PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 4°

XI. JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

SUBSECRETARIA DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS

OBJETIVOS:

1. Desarrollar programas destinados a la formación integral en materia de políticas públicas.

2. Articular y coordinar los programas y recursos del Estado Nacional en materia de formación de políticas públicas.

3. Desarrollar programas de enseñanza para la interpretación de los instrumentos de medición de eficacia de las políticas públicas en su etapa de ejecución.

4. Promover, en coordinación con los organismos con competencia en la temática, el desarrollo de programas de formación y capacitación en la materia a nivel municipal, provincial y nacional.

5. Realizar estudios y trabajos de investigación que tiendan a fortalecer la coordinación interministerial e intergubernamental y a unificar criterios en materia de formación de políticas públicas.

6. Entender en la programación de las actividades de formación destinadas a la Alta Gerencia del Sector Público Nacional, atendiendo las necesidades actuales en materia de análisis y elaboración de políticas públicas.

7. Planificar actividades académicas de investigación y divulgación en cuestiones de orden político, económico y social, orientadas a la formación de políticas públicas, en el análisis y discusión de los lineamientos estratégicos de gobierno.

8. Supervisar la ejecución de programas permanentes de perfeccionamiento y especialización en materia de elaboración de políticas públicas destinados a la Alta Gerencia del Sector Público Nacional.

9. Asistir al Secretario en todos los aspectos referidos al desarrollo de la Escuela Superior de Gobierno.

ANEXO I


ANEXO II

JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS

SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA

DIRECCION NACIONAL DE FORMACION EN POLITICAS PUBLICAS

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Diseñar programas destinados a la formación integral en materia de políticas públicas.

ACCIONES:

1. Asistir en el diseño de programas destinados a la formación integral en materia de políticas públicas.

2. Intervenir en el desarrollo de programas de enseñanza para la interpretación de los instrumentos de medición de eficacia de las políticas públicas en su etapa de ejecución.

3. Entender en el relevamiento y sistematización de las necesidades en materia de formación y apoyo técnico de los distintos niveles de gobierno para la implementación de políticas públicas y programas nacionales.

4. Proponer lineamientos de formación tendientes a fortalecer las capacidades institucionales para el diseño e implementación de políticas públicas en los distintos niveles de Gobierno.

5. Elaborar informes de diversas temáticas referidas a su competencia a requerimiento de la Superioridad.

6. Diseñar y elaborar los proyectos pertinentes que sean necesarios para cumplimentar los cometidos asignados.

DIRECCION NACIONAL DE COORDINACION INTERMINISTERIAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA:

Asistir a la Subsecretaría en la promoción, en coordinación con los organismos con competencia en la temática, del desarrollo de programas de formación y capacitación en materia de políticas públicas a nivel municipal, provincial y nacional.

ACCIONES:

1. Asistir a la Subsecretaría en la coordinación interministerial de los programas de formación y capacitación en materia de políticas públicas.

2. Mantener un registro actualizado de las áreas, programas y recursos del Estado Nacional orientados a la formación y capacitación en materia de políticas públicas.

3. Intervenir en el desarrollo de estrategias para la optimización y potenciamiento de los recursos del Estado Nacional para la formación y capacitación en materia de políticas públicas.

4. Entender en la creación de una base de datos acerca de los programas de formación y capacitación en materia de políticas públicas que implementa el Estado Nacional ya sea a través de sus organismos, universidades nacionales o de otras instituciones y organizaciones de la sociedad civil.
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