Presidencia de la Nación

Decreto 838 / 2017

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Ley 25233

HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA

Fecha publicación 14-Dic-1999 Descripción
MODIFICACION / OFICINA NACIONAL DE ANTICORRUPCION

MODIFICACION DE LA LEY DE MINISTERIOS. CREASE LA OFICINA ANTICORRUPCION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.-

Normativa / Número Decreto 102 / 1999

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 29-Dic-1999 Descripción
ESTRUCTURA-ORGANIZACION-OBJETO

SE ESTABLECE EL OBJETO, AMBITO DE APLICACION, FUNCIONES, ESTRUCTURA Y ORGANIZACION DE LA OFICINA ANTICORRUPCION. SE DEROGAN LOS DECRETOS 152/97 Y 878/97.

Normativa / Número Decreto 357 / 2002

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 22-Feb-2002 Descripción
ORGANIGRAMA - APROBACION

APRUEBASE EL ORGANIGRAMA DE APLICACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL CENTRALIZADA HASTA NIVEL DE SUBSECRETARIA, Y LOS OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS DETERMINADAS EN DICHO ORGANIGRAMA. ESTABLECENSE LOS AMBITOS JURISDICCIONALES EN LOS QUE ACTUARAN DIVERSOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. CREASE EL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES EN EL AMBITO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION. DISUELVESE EL GABINETE SOCIAL CREADO POR DECRETO NRO. 108/97. DEROGASE EL DECRETO NRO. 20/99, SUS MODIFICATORIOS Y COMPLEMENTARIOS.

Normativa / Número Decreto 466 / 2007

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 04-Mayo-2007 Descripción
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - APROBACION

APRUEBASE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE PRIMER NIVEL OPERATIVO DEL MENCIONADO ORGANISMO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.

Normativa / Número Decreto 226 / 2015

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 23-Dic-2015 Descripción
DECRETO 102/99 - MODIFICACION

SUSTITUYESE EL ARTICULO 6° DEL DECRETO N° 102 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1999, POR EL SIGUIENTE:“ARTICULO 6°.- LA CONDUCCION, REPRESENTACION Y ADMINISTRACION DE LA OFICINA ANTICORRUPCION SERA EJERCIDA POR EL SECRETARIO DE ETICA PUBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION, QUIEN SERA NOMBRADO Y REMOVIDO POR EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, CON RANGO Y JERARQUIA DE SECRETARIO.”. SUSTITUYESE EL ARTICULO 7° DEL DECRETO N° 102 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1999, POR EL SIGUIENTE:“ARTICULO 7°.- EL SECRETARIO DE ETICA PUBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION DEBERA POSEER TITULO UNIVERSITARIO, SOLIDA FORMACION ACADEMICA, ANTECEDENTES PROFESIONALES CALIFICADOS EN DERECHO, CIENCIAS SOCIALES O ECONOMIA Y UNA RECONOCIDA TRAYECTORIA DEMOCRATICA Y REPUBLICANA.”

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