Decreto 838 / 2017
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Ley 25233
HONORABLE CONGRESO DE LA NACION ARGENTINA |
Fecha publicación 14-Dic-1999 |
Descripción
MODIFICACION / OFICINA NACIONAL DE ANTICORRUPCIONMODIFICACION DE LA LEY DE MINISTERIOS. CREASE LA OFICINA ANTICORRUPCION EN EL AMBITO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.-
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Normativa / Número
Decreto 102 / 1999
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 29-Dic-1999 |
Descripción
ESTRUCTURA-ORGANIZACION-OBJETOSE ESTABLECE EL OBJETO, AMBITO DE APLICACION, FUNCIONES, ESTRUCTURA Y ORGANIZACION DE LA OFICINA ANTICORRUPCION. SE DEROGAN LOS DECRETOS 152/97 Y 878/97.
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Normativa / Número
Decreto 357 / 2002
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 22-Feb-2002 |
Descripción
ORGANIGRAMA - APROBACIONAPRUEBASE EL ORGANIGRAMA DE APLICACION DE LA ADMINISTRACION NACIONAL CENTRALIZADA HASTA NIVEL DE SUBSECRETARIA, Y LOS OBJETIVOS DE LAS UNIDADES ORGANIZATIVAS DETERMINADAS EN DICHO ORGANIGRAMA. ESTABLECENSE LOS AMBITOS JURISDICCIONALES EN LOS QUE ACTUARAN DIVERSOS ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS. CREASE EL CONSEJO NACIONAL DE COORDINACION DE POLITICAS SOCIALES EN EL AMBITO DE LA PRESIDENCIA DE LA NACION. DISUELVESE EL GABINETE SOCIAL CREADO POR DECRETO NRO. 108/97. DEROGASE EL DECRETO NRO. 20/99, SUS MODIFICATORIOS Y COMPLEMENTARIOS.
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Normativa / Número
Decreto 466 / 2007
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 04-Mayo-2007 |
Descripción
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA - APROBACIONAPRUEBASE LA ESTRUCTURA ORGANIZATIVA DE PRIMER NIVEL OPERATIVO DEL MENCIONADO ORGANISMO DEL MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS.
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Normativa / Número
Decreto 226 / 2015
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.) |
Fecha publicación 23-Dic-2015 |
Descripción
DECRETO 102/99 - MODIFICACIONSUSTITUYESE EL ARTICULO 6° DEL DECRETO N° 102 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1999, POR EL SIGUIENTE:“ARTICULO 6°.- LA CONDUCCION, REPRESENTACION Y ADMINISTRACION DE LA OFICINA ANTICORRUPCION SERA EJERCIDA POR EL SECRETARIO DE ETICA PUBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION, QUIEN SERA NOMBRADO Y REMOVIDO POR EL PODER EJECUTIVO NACIONAL, CON RANGO Y JERARQUIA DE SECRETARIO.”. SUSTITUYESE EL ARTICULO 7° DEL DECRETO N° 102 DEL 23 DE DICIEMBRE DE 1999, POR EL SIGUIENTE:“ARTICULO 7°.- EL SECRETARIO DE ETICA PUBLICA, TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCION DEBERA POSEER TITULO UNIVERSITARIO, SOLIDA FORMACION ACADEMICA, ANTECEDENTES PROFESIONALES CALIFICADOS EN DERECHO, CIENCIAS SOCIALES O ECONOMIA Y UNA RECONOCIDA TRAYECTORIA DEMOCRATICA Y REPUBLICANA.”
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