MINISTERIO DE TURISMO
Decreto 821/2012
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo.
Bs. As., 29/5/2012
VISTO el Expediente Nº STN:0002111/2010 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 919/10, se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, a fin de crear el MINISTERIO DE TURISMO.
Que por el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE TURISMO para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que, en atención al marco normativo expuesto, es procedente la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TURISMO, a fin de cumplir con los objetivos de la Jurisdicción.
Que la estructura cuya aprobación se propicia es el resultado del análisis de la experiencia de gestión recogida, como así también, de la consideración de razones de funcionalidad que, en conjunto con criterios de eficacia y eficiencia para el logro de los objetivos estratégicos propuestos, propenden a optimizar el funcionamiento del citado Ministerio.
Que, en función de ello, resulta necesario proceder a la modificación del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO, para el Ejercicio 2012.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TURISMO, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación que como Anexos I, II y III respectivamente, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a aprobar las aperturas estructurales inferiores de esa Jurisdicción, que deberán prever un máximo de VEINTICUATRO (24) cargos de conducción.
Art. 3° — Establécese que en un plazo de NOVENTA (90) días a partir de la publicación de este decreto deberán ser aprobadas las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por la presente medida. Hasta tanto, se mantendrán las aperturas inferiores vigentes a la fecha de publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados de revista correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Art. 4° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE TURISMO, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar la dotación, conforme las leyes de presupuesto vigentes.
Art. 5° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas a este artículo, que forman parte integrante del presente decreto.
Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el presente ejercicio.
Art. 7° — Derógase el Decreto Nº 1635 de fecha 24 de noviembre de 2004.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Carlos E. Meyer.
MINISTERIO DE TURISMO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las funciones asignadas por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, ejecutando el control y la evaluación ex post de las diversas fases del proceso administrativo en todas las áreas del MINISTERIO DE TURISMO, utilizando el control en una concepción integrada de la gestión pública.
ACCIONES:
1. Entender en las acciones de Auditoría y de información de la gestión productiva, de legitimidad y razonabilidad generadas, para asesorar e informar al titular del organismo.
2. Elaborar el Plan General de la Auditoría Interna a desarrollar por la jurisdicción en los términos del artículo 103 de la Ley Nº 24.156, y elevar el Plan Anual de Auditoría Interna para la aprobación del titular del Ministerio y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
3. Efectuar las auditorías según la programación anual prevista, de acuerdo con las normas de auditoría interna aplicables, y las auditorías especiales, intervenciones, verificaciones y demás actividades de control que determine la máxima autoridad del Ministerio.
4. Implementar y fiscalizar el mantenimiento del sistema de control interno, del plan de organización y de los manuales de procedimiento y la actualización de los ya existentes en los términos del artículo 101 de la Ley Nº 24.156.
5. Fiscalizar la gestión pública realizada por las distintas áreas operativas y de apoyo en el cumplimiento del presupuesto anual económico-financiero aprobado al Ministerio, observando aquellos procedimientos que no se ajustaren a lo establecido en el artículo 4° de la Ley Nº 24.156 y efectuando las recomendaciones que estimare adecuadas.
6. Formular informes no planificados generados por la misma Unidad o a requerimiento de las máximas autoridades del MINISTERIO DE TURISMO y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y comunicar los desvíos que se detectaren, acompañando las observaciones y/o recomendaciones que se formulen.
7. Remitir copia de las recomendaciones, informes y observaciones que produzca la Unidad de Auditoría Interna a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los asuntos en los que ésta intervenga.
8. Requerir a las unidades organizativas que conforman la estructura del Ministerio la información adecuada, en calidad y oportunidad para la toma de decisiones y el control superior de la gestión pública.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, presupuestarios, contables, patrimoniales y el diligenciamiento de los actos y documentación administrativa que se tramite en el ámbito del Ministerio como así también en lo atinente a la prestación de los servicios auxiliares.
ACCIONES:
1. Controlar la percepción de los impuestos que establece la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 y liquidar las sanciones por multas e intereses que por incumplimiento correspondiere aplicar.
2. Efectuar las acciones de orden financiero-contable de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas complementarias, atendiendo a los procesos de compras y contrataciones, tesorería y registro patrimonial de conformidad con la normativa vigente.
3. Dirigir las tareas vinculadas con los procedimientos contables, el movimiento y custodia de fondos y valores, el pago en término de los compromisos contraídos y las atinentes al procesamiento de datos para la liquidación de haberes del personal y sus actividades conexas.
4. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gastos y recursos del organismo, sus reajustes y demás tareas conexas y conducir su posterior ejecución.
5. Elaborar y ejecutar los planes de inversión y mantenimiento y dirigir las acciones que hacen a la prestación de los servicios auxiliares (mantenimiento, limpieza, seguridad, movilidad, recepción, sistemas de comunicación, sala reproductora de documentación, etcétera).
6. Dirigir las tareas atinentes a la recepción, clasificación, asignación de carácter, registro, diligenciamiento de la documentación y correspondencia, reserva y archivo de las actuaciones y todo tipo de acto administrativo que se tramite en el ámbito del organismo de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y el servicio de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la Jurisdicción.
Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE TURISMO.
ACCIONES:
1. Entender en lo relacionado con la administración de los recursos humanos de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias y demás normativa vigente.
2. Intervenir en las diligencias vinculadas con la aplicación del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) o del régimen vigente en materia de selección, evaluación de desempeño y capacitación, monitoreando el estado de avance del personal en el régimen de carrera, proponiendo las medidas pertinentes y asistiendo técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera cuando corresponda.
3. Coordinar con el organismo específico correspondiente las actividades de capacitación del personal y atender lo relacionado con el ofrecimiento de becas al personal.
4. Coordinar las actividades de análisis, planeamiento y diseño organizacional y las que deriven de la aplicación de programas de mejoramiento de la calidad de los servicios en el ámbito de su competencia.
5. Entender en todo lo relativo a la liquidación de haberes, asignaciones familiares, servicios extraordinarios y otros ingresos específicos de los agentes.
6. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes.
7. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la fiscalización y coordinación de la información relacionada con los temas de su competencia.
DIRECCION GENERAL DE LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en materia de asuntos relativos a la legislación general e instrumentación normativa de las políticas públicas, objetivos y acciones en materia turística, en las cuestiones de carácter jurídico atinentes al desenvolvimiento del Ministerio y en el control de legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos administrativos.
ACCIONES:
1. Asesorar y asistir a las autoridades del Ministerio en todos los aspectos jurídicos de las distintas gestiones que se desarrollen o impulsen, interviniendo en la elaboración de proyectos de normas de actualización y mejoramiento de la legislación turística.
2. Analizar y efectuar proposiciones relativas a proyectos normativos originados o destinados a otras jurisdicciones, que sirvan a los propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo de las actividades turísticas.
3. Asesorar y dictaminar respecto de normas vigentes dispuestas o aplicables por otras jurisdicciones, que pudieren afectar el desarrollo del turismo, comprendiendo las cuestiones de compatibilidad y coordinación normativa interjurisdiccional y su correspondencia con la legislación federal y los tratados y convenios internacionales.
4. Intervenir en la instrumentación normativa de procedimientos eficaces tendientes a la protección de los derechos del turista, los recursos turísticos naturales, y a la prevención y solución de conflictos en los ámbitos mencionados.
5. Intervenir en la instrumentación de convenios de cooperación, delegación y fiscalización con otros órganos oficiales federales o locales y con entidades privadas.
6. Ejercer la representación judicial del Ministerio, el patrocinio y la procuración en todas las causas judiciales en que éste sea parte, en las ejecuciones fiscales impositivas y de multas aplicadas a agencias de turismo y en los recursos de apelación judicial directa, efectuando y asistiendo en las denuncias y querellas en sede criminal, sustanciando los reclamos administrativos previos y los recursos administrativos.
7. Intervenir en la instrucción de sumarios a los agentes de percepción del impuesto administrado por el Ministerio.
8. Centralizar y diligenciar por sí o con derivación a otras dependencias competentes, los oficios judiciales ordenatorios e informativos.
9. Atender el servicio jurídico permanente, con las demás funciones legales y reglamentarias atribuidas al Cuerpo de Abogados del Estado.
DIRECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar los recursos informáticos orientados a automatizar la gestión global del organismo en función de nuevas tecnologías determinando sus objetivos y necesidades.
Conducir las acciones que hacen al desarrollo de las tareas vinculadas con el procesamiento electrónico de la información.
ACCIONES:
1. Realizar los estudios de factibilidad necesarios para la adquisición de nuevas tecnologías de software y hardware, estableciendo pautas de evaluación, mantenimiento y modernización del equipamiento informático y de los insumos y servicios relacionados con las referidas tecnologías.
2. Asistir técnicamente sobre los temas de su competencia.
3. Formular propuestas y planes de desarrollo de innovación tecnológica, en coordinación con las otras áreas del organismo y con entidades públicas y/o privadas, a fin de favorecer el desarrollo e implementación de nuevas tecnologías.
4. Desarrollar sistemas informáticos orientados al cumplimiento de las actividades en las cuales el Ministerio tiene responsabilidad ante terceros, prestando asistencia técnica a organizaciones vinculadas al turismo para la transferencia de tecnologías propias o desarrolladas por otros y orientadas a la modernización de medios técnicos.
5. Asesorar en licitaciones para la compra o contratación de productos y servicios, participando asimismo en el análisis técnico de las propuestas.
6. Preparar y conducir la operación de puesta en funcionamiento de los sistemas y programas informáticos.
7. Mantener la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información del Ministerio.
8. Coordinar con las distintas áreas del organismo el apoyo y el soporte técnico de estas tecnologías, su actualización, así como el desarrollo y la capacitación de los recursos humanos existentes.
9. Realizar el registro, la delegación y la actualización de los dominios gubernamentales dependientes del Ministerio.
10. Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación, actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del Ministerio.
DIRECCION DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Conducir la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial, como así también a los agentes de percepción o responsables del impuesto sobre pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios administrativos e informaciones sumarias con el objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria y patrimonial de los agentes de la jurisdicción alcanzados por las prescripciones del Reglamento de Investigaciones Administrativas y normas concordantes, comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las disposiciones legales vigentes.
2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en que se advierta la existencia de hechos que, en principio, revistieren las características externas de delito de acción pública.
3. Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
4. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el Reglamento de Investigaciones Administrativas y toda otra que resulte necesaria.
5. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.
SECRETARIA DE TURISMO
DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Fomentar en todo el ámbito del país el turismo social dirigido a los grupos vulnerables de la sociedad ejecutando las acciones relativas a la prestación de los servicios a través de los Programas Federales de Turismo Social en forma conjunta con las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse bajo su dependencia y ejerciendo el control de la calidad de las estadías y facilitando la accesibilidad turística.
ACCIONES:
1. Formular propuestas de planes, programas y proyectos para fomentar el turismo social dirigido a las familias de escasos recursos económicos y los sectores de juventud, minoridad, tercera edad y personas discapacitadas, como así también asegurar la prestación de los servicios que se brindan a los contingentes en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse y el Programa Federal de Turismo Social.
2. Proponer para su ejecución a nivel nacional paseos y miniturismo destinados a escolares, familias de escasos recursos, personas discapacitadas y de la tercera edad, fomentando el campamentismo y el establecimiento de albergues de la juventud.
3. Establecer relaciones y realizar en forma conjunta programas con organismos de educación, tercera edad, personas con discapacidad y toda otra área oficial y privada con objetivos comunes mediante acuerdos de complementación orientados a incentivar el desarrollo del turismo social en el orden nacional, provincial y municipal.
4. Diseñar y programar las tarifas, los ingresos y los alojamientos de los contingentes turísticos en las Unidades Turísticas dependientes y el Programa Federal de Turismo Social, estableciendo las normas prioritarias para las familias numerosas, la clase pasiva, las personas con discapacidad y los grupos escolares.
5. Diseñar e implementar la fiscalización de los servicios de turismo social brindados por los concesionarios de las Unidades Turísticas y/o prestadores privados a través del Programa Federal de Turismo Social.
6. Proponer y ejecutar a nivel nacional una política de turismo social sin exclusiones a través del diseño de nuevos instrumentos y programas que posibiliten integrar a todos los sectores de la población a la práctica turística.
7. Planificar y establecer una red nacional de turismo social para todos a través de corredores y giras turísticas novedosas que abarquen las Unidades Turísticas y los destinos incipientes no tradicionales incorporando pequeñas empresas hoteleras y prestadoras de servicios a la oferta social.
8. Coordinar a nivel nacional políticas de turismo social que permitan incrementar la oferta turística relevando y poniendo en uso establecimientos aptos para la actividad social a nivel nacional, provincial y municipal a través de convenios de adhesión.
DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en las estrategias institucionales tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas, estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del desarrollo sustentable del sector.
Intervenir en el registro, la fiscalización y la sanción de los prestadores de servicios turísticos, y en el control del cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia a los efectos de asegurar la protección del usuario.
ACCIONES:
1. Entender en el diseño e implementación del Plan Nacional de Calidad Turística, determinando estándares de calidad internacionalmente competitivos para las empresas turísticas, definiendo mecanismos de cumplimiento de dichas normas, proponiendo procesos de certificación para la obtención de la marca de calidad y efectuando su actualización conforme a la evolución del mercado turístico.
2. Determinar estándares de calidad internacionalmente competitivos para las empresas, los productos y/o los destinos turísticos, definiendo los mecanismos de cumplimiento de dichas normas.
3. Poner en marcha y mantener actualizado el Sistema Argentino de Calidad Turística, revisando bianualmente las herramientas que lo integran atento su evolución y la del mercado turístico.
4. Propiciar los estudios de las variables que incrementen la competitividad turística mediante planes y programas de capacitación de recursos humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo, con resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.
5. Cooperar con las relaciones institucionales, públicas y privadas, a través de la instrumentación de convenios, planes, programas y proyectos sobre educación, capacitación, calidad y protección del usuario.
6. Promover e impulsar el desarrollo de las acciones conducentes a lograr la efectiva protección del usuario de servicios turísticos, y atender al control de los prestadores de servicios turísticos sobre los que el Ministerio tiene competencia.
7. Intervenir en la resolución de controversias entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos turísticos.
DIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar y atender las relaciones institucionales con las organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas y con los organismos públicos nacionales, provinciales y locales, promoviendo con la intervención del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la negociación y celebración de convenios bilaterales y multilaterales de cooperación y asistencia para facilitar el desenvolvimiento turístico.
ACCIONES:
1. Intervenir en las relaciones del Ministerio con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, públicas y privadas de turismo, con el objeto de generar acciones concurrentes al desarrollo y facilitación del turismo en el país.
2. Proponer la elaboración de acuerdos y participar en la celebración, con las provincias y municipios, de convenios relacionados con la fiscalización de servicios turísticos.
3. Fomentar y atender las relaciones del Ministerio con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, públicas y privadas de turismo, en especial con la Dirección de Apoyo al Turismo y Promoción de Inversiones y el Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN), ambos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Consejo Federal de Turismo y los organismos oficiales de Turismo de las Provincias, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de los relevantes municipios turísticos del país, con el objeto de generar acciones concurrentes al desarrollo y facilitación del turismo en el país.
4. Coordinar, juntamente con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la participación en las reuniones de las organizaciones turísticas regionales e internacionales, particularmente de la Organización Mundial del Turismo; analizar la documentación y ejecutar acciones tendientes a la obtención de asistencia técnica para el desarrollo y posicionamiento protagónico de la actividad turística argentina, tanto de nivel público como privado.
5. Participar en las Reuniones Especializadas de Turismo del MERCOSUR y en las negociaciones de acuerdos y convenios bilaterales o multilaterales de cooperación en turismo, como asimismo intervenir en el tratamiento de temas inherentes al desarrollo turístico tratados por otros Grupos Técnicos del MERCOSUR, y efectuar el seguimiento de los acuerdos alcanzados.
6. Intervenir en los temas relacionados con la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO constituida en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION.
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TURISTICO
DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en la coordinación de las actividades derivadas de la aplicación del diseño de estrategias para la planificación del desarrollo turístico del país.
Dirigir los procesos técnicos y administrativos tendientes a la obtención, sistematización, interpretación y distribución de información estadística de Turismo.
Implementar las políticas definidas para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística.
Promover la planificación y concertación de la inversión pública en el sector, procurando la modelización de la inversión privada para el fortalecimiento del empresariado turístico nacional y la armoniosa completitud de la oferta turística.
ACCIONES:
1. Entender en los procesos de planificación turística de escala nacional.
2. Propiciar ámbitos de discusión y análisis para el diseño e implementación de estrategias de desarrollo turístico.
3. Generar herramientas para la planificación turística basadas en sistemas de información y estadística turística.
4. Dirigir las acciones conducentes a la obtención, procesamiento y elaboración e interpretación de estadísticas básicas de turismo, haciendo accesibles estos resultados a todos los actores del sector.
5. Procurar acometer la cuenta satélite de turismo en el marco de las obligaciones fijadas al MINISTERIO DE TURISMO por el Sistema Estadístico Nacional.
6. Dirigir la elaboración, ejecución, gestión y control de programas y proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente así como también para la incorporación de nuevos productos a efectos de satisfacer la demanda del turismo interno e internacional receptivo.
7. Profundizar el uso de herramientas inductoras de desarrollo turístico en los espacios prioritarios del Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.
8. Entender en la evaluación y formulación de proyectos de inversión turística en el marco del modelo de desarrollo turístico sustentable propuesto por el Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.
9. Entender en la captación y radicación de capitales tendientes a la mejora y completitud de la oferta turística.
10. Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.
SUBSECRETARIA DE PROMOCION TURISTICA NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE MARKETING Y PROMOCION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las estrategias de comunicación para la promoción turística nacional.
Planificar, desarrollar y ejecutar acciones destinadas a promover la demanda del turismo interno.
ACCIONES:
1. Asistir a la Subsecretaría en la formulación de los objetivos de políticas y planes de desarrollo para la promoción turística nacional.
2. Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento, y en las estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo entre demanda y oferta turísticas.
3. Fomentar la interrelación y la cooperación entre el sector público y el privado en la promoción del turismo interno.
4. Entender en la elaboración del Plan Anual de Acciones Nacionales de Promoción, y en la programación y organización de toda actividad destinada a la promoción del turismo nacional.
5. Intervenir en las acciones inherentes al diseño, desarrollo, mantenimiento sistémico, administración y distribución nacional e internacional de la base de información turística, y en las tareas de búsqueda, análisis, procesamiento, actualización y control de la información que la conforma.
6. Intervenir en las acciones relacionadas con la difusión de la oferta turística nacional a través del portal del organismo, en el marco de las estrategias de comunicación que se establezcan.
7. Intervenir en las tareas de asesoramiento a turistas y/o personas que lo requieran en los centros de información habilitados al efecto, y en la atención de huéspedes extranjeros, giras de familiarización y visitas guiadas.
8. Impulsar las propuestas de declaración de interés turístico, fiesta nacional y auspicio, relacionados con acontecimientos de significación turística que se desarrollen en el país, cuando contribuyan a la difusión de la oferta y al incremento de la demanda.
9. Intervenir en las actividades vinculadas con el diseño, producción, control de calidad y distribución del material promocional, y en la determinación de los medios de comunicación a ser utilizados para la ejecución de campañas de difusión y publicidad.
10. Impulsar las propuestas de otorgamiento de apoyos económicos a entidades públicas y privadas para la realización de acciones promocionales del turismo interno.
11. Impulsar la realización de convenios con entidades públicas y privadas para el desarrollo de acciones de promoción turística.
12. Intervenir en la elaboración de informes de evolución y control de la gestión, del anteproyecto del Presupuesto Plurianual y de la Memoria Anual de la Subsecretaría.
13. Colaborar con las áreas del organismo, informando las novedades advertidas en ocasión del desempeño de las funciones de las áreas bajo su dependencia.
14. Controlar que las Direcciones a su cargo trabajen en coordinación permanente con toda la Subsecretaría y con los otros sectores del Ministerio.
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 01 - Actividades Centrales
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 16 - Desarrollo y Promoción del Turismo Nacional
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 18 - Prestaciones Turísticas
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
PRESUPUESTO 2012
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 16 - DESARROLLO Y PROMOCION DEL TURISMO NACIONAL
RECURSOS HUMANOS
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 18 - PRESTACIONES TURISTICAS
RECURSOS HUMANOS
Decreto 821/2012
Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo.
Bs. As., 29/5/2012
VISTO el Expediente Nº STN:0002111/2010 del Registro del MINISTERIO DE TURISMO, los Decretos Nros. 919 de fecha 28 de junio de 2010 y 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y
CONSIDERANDO:
Que a través del Decreto Nº 919/10, se sustituyó el artículo 1° de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto Nº 438/92) y sus modificaciones, a fin de crear el MINISTERIO DE TURISMO.
Que por el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Pública Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, entre los cuales se encuentran los referidos al MINISTERIO DE TURISMO para cumplir con las responsabilidades que le son propias, estableciendo, asimismo, sus competencias.
Que, en atención al marco normativo expuesto, es procedente la aprobación de la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TURISMO, a fin de cumplir con los objetivos de la Jurisdicción.
Que la estructura cuya aprobación se propicia es el resultado del análisis de la experiencia de gestión recogida, como así también, de la consideración de razones de funcionalidad que, en conjunto con criterios de eficacia y eficiencia para el logro de los objetivos estratégicos propuestos, propenden a optimizar el funcionamiento del citado Ministerio.
Que, en función de ello, resulta necesario proceder a la modificación del Presupuesto de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO, para el Ejercicio 2012.
Que la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS ha tomado la intervención de su competencia.
Que el Servicio Jurídico Permanente de la Jurisdicción ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes del artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y de los artículos 6° y 10 de la Ley Nº 26.728.
Por ello,
LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Apruébase la estructura organizativa de primer nivel operativo del MINISTERIO DE TURISMO, de acuerdo con el Organigrama, Responsabilidad Primaria y Acciones y Dotación que como Anexos I, II y III respectivamente, forman parte integrante del presente decreto.
Art. 2° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE TURISMO a aprobar las aperturas estructurales inferiores de esa Jurisdicción, que deberán prever un máximo de VEINTICUATRO (24) cargos de conducción.
Art. 3° — Establécese que en un plazo de NOVENTA (90) días a partir de la publicación de este decreto deberán ser aprobadas las aperturas inferiores de las unidades organizativas que se aprueban por la presente medida. Hasta tanto, se mantendrán las aperturas inferiores vigentes a la fecha de publicación del presente decreto, con su personal, niveles y grados de revista correspondientes, así como los cargos ocupados del Régimen de Cargos con Funciones Ejecutivas.
Art. 4° — Facúltase al titular del MINISTERIO DE TURISMO, previa intervención de la SUBSECRETARIA DE GESTION Y EMPLEO PUBLICO de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar la dotación, conforme las leyes de presupuesto vigentes.
Art. 5° — Modifícase la distribución del Presupuesto General de la Administración Nacional - Recursos Humanos, en la parte correspondiente a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el Ejercicio 2012, de acuerdo con el detalle obrante en las Planillas Anexas a este artículo, que forman parte integrante del presente decreto.
Art. 6° — El gasto que demande el cumplimiento de esta medida será atendido con cargo a las partidas presupuestarias correspondientes a la Jurisdicción 53 - MINISTERIO DE TURISMO para el presente ejercicio.
Art. 7° — Derógase el Decreto Nº 1635 de fecha 24 de noviembre de 2004.
Art. 8° — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Hernán G. Lorenzino. — Carlos E. Meyer.
ANEXO I
ANEXO II
MINISTERIO DE TURISMO
UNIDAD DE AUDITORIA INTERNA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las funciones asignadas por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, ejecutando el control y la evaluación ex post de las diversas fases del proceso administrativo en todas las áreas del MINISTERIO DE TURISMO, utilizando el control en una concepción integrada de la gestión pública.
ACCIONES:
1. Entender en las acciones de Auditoría y de información de la gestión productiva, de legitimidad y razonabilidad generadas, para asesorar e informar al titular del organismo.
2. Elaborar el Plan General de la Auditoría Interna a desarrollar por la jurisdicción en los términos del artículo 103 de la Ley Nº 24.156, y elevar el Plan Anual de Auditoría Interna para la aprobación del titular del Ministerio y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION.
3. Efectuar las auditorías según la programación anual prevista, de acuerdo con las normas de auditoría interna aplicables, y las auditorías especiales, intervenciones, verificaciones y demás actividades de control que determine la máxima autoridad del Ministerio.
4. Implementar y fiscalizar el mantenimiento del sistema de control interno, del plan de organización y de los manuales de procedimiento y la actualización de los ya existentes en los términos del artículo 101 de la Ley Nº 24.156.
5. Fiscalizar la gestión pública realizada por las distintas áreas operativas y de apoyo en el cumplimiento del presupuesto anual económico-financiero aprobado al Ministerio, observando aquellos procedimientos que no se ajustaren a lo establecido en el artículo 4° de la Ley Nº 24.156 y efectuando las recomendaciones que estimare adecuadas.
6. Formular informes no planificados generados por la misma Unidad o a requerimiento de las máximas autoridades del MINISTERIO DE TURISMO y de la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, y comunicar los desvíos que se detectaren, acompañando las observaciones y/o recomendaciones que se formulen.
7. Remitir copia de las recomendaciones, informes y observaciones que produzca la Unidad de Auditoría Interna a la SINDICATURA GENERAL DE LA NACION, de los asuntos en los que ésta intervenga.
8. Requerir a las unidades organizativas que conforman la estructura del Ministerio la información adecuada, en calidad y oportunidad para la toma de decisiones y el control superior de la gestión pública.
SUBSECRETARIA DE COORDINACION
DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en el desarrollo de las tareas relacionadas con los aspectos económicos, financieros, presupuestarios, contables, patrimoniales y el diligenciamiento de los actos y documentación administrativa que se tramite en el ámbito del Ministerio como así también en lo atinente a la prestación de los servicios auxiliares.
ACCIONES:
1. Controlar la percepción de los impuestos que establece la Ley Nacional de Turismo Nº 25.997 y liquidar las sanciones por multas e intereses que por incumplimiento correspondiere aplicar.
2. Efectuar las acciones de orden financiero-contable de acuerdo con lo establecido por la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional y sus normas complementarias, atendiendo a los procesos de compras y contrataciones, tesorería y registro patrimonial de conformidad con la normativa vigente.
3. Dirigir las tareas vinculadas con los procedimientos contables, el movimiento y custodia de fondos y valores, el pago en término de los compromisos contraídos y las atinentes al procesamiento de datos para la liquidación de haberes del personal y sus actividades conexas.
4. Elaborar el anteproyecto de presupuesto de gastos y recursos del organismo, sus reajustes y demás tareas conexas y conducir su posterior ejecución.
5. Elaborar y ejecutar los planes de inversión y mantenimiento y dirigir las acciones que hacen a la prestación de los servicios auxiliares (mantenimiento, limpieza, seguridad, movilidad, recepción, sistemas de comunicación, sala reproductora de documentación, etcétera).
6. Dirigir las tareas atinentes a la recepción, clasificación, asignación de carácter, registro, diligenciamiento de la documentación y correspondencia, reserva y archivo de las actuaciones y todo tipo de acto administrativo que se tramite en el ámbito del organismo de acuerdo con las reglamentaciones vigentes.
DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS Y ORGANIZACION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar las políticas y la aplicación de las normas que regulan al personal, su carrera administrativa, su capacitación y desarrollo, las relaciones laborales y el servicio de higiene y seguridad en el trabajo, procurando mejorar los niveles de productividad y satisfacción laboral y la calidad de la prestación de los servicios a cargo de la Jurisdicción.
Efectuar la planificación y diseño organizacional del MINISTERIO DE TURISMO.
ACCIONES:
1. Entender en lo relacionado con la administración de los recursos humanos de acuerdo con las disposiciones legales, reglamentarias y demás normativa vigente.
2. Intervenir en las diligencias vinculadas con la aplicación del Sistema Nacional de Empleo Público (SI.N.E.P.) o del régimen vigente en materia de selección, evaluación de desempeño y capacitación, monitoreando el estado de avance del personal en el régimen de carrera, proponiendo las medidas pertinentes y asistiendo técnicamente a la Delegación Jurisdiccional de la Comisión Permanente de Carrera cuando corresponda.
3. Coordinar con el organismo específico correspondiente las actividades de capacitación del personal y atender lo relacionado con el ofrecimiento de becas al personal.
4. Coordinar las actividades de análisis, planeamiento y diseño organizacional y las que deriven de la aplicación de programas de mejoramiento de la calidad de los servicios en el ámbito de su competencia.
5. Entender en todo lo relativo a la liquidación de haberes, asignaciones familiares, servicios extraordinarios y otros ingresos específicos de los agentes.
6. Administrar y actualizar los sistemas de información relacionados con la aplicación de las herramientas del sistema de administración de recursos humanos, aplicando los controles que permitan la correcta liquidación de haberes.
7. Asistir al Subsecretario de Coordinación respecto de la fiscalización y coordinación de la información relacionada con los temas de su competencia.
DIRECCION GENERAL DE LEGISLACION Y ASUNTOS JURIDICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en materia de asuntos relativos a la legislación general e instrumentación normativa de las políticas públicas, objetivos y acciones en materia turística, en las cuestiones de carácter jurídico atinentes al desenvolvimiento del Ministerio y en el control de legitimidad y legalidad de los actos y procedimientos administrativos.
ACCIONES:
1. Asesorar y asistir a las autoridades del Ministerio en todos los aspectos jurídicos de las distintas gestiones que se desarrollen o impulsen, interviniendo en la elaboración de proyectos de normas de actualización y mejoramiento de la legislación turística.
2. Analizar y efectuar proposiciones relativas a proyectos normativos originados o destinados a otras jurisdicciones, que sirvan a los propósitos de regulación, promoción, desarrollo e incentivo de las actividades turísticas.
3. Asesorar y dictaminar respecto de normas vigentes dispuestas o aplicables por otras jurisdicciones, que pudieren afectar el desarrollo del turismo, comprendiendo las cuestiones de compatibilidad y coordinación normativa interjurisdiccional y su correspondencia con la legislación federal y los tratados y convenios internacionales.
4. Intervenir en la instrumentación normativa de procedimientos eficaces tendientes a la protección de los derechos del turista, los recursos turísticos naturales, y a la prevención y solución de conflictos en los ámbitos mencionados.
5. Intervenir en la instrumentación de convenios de cooperación, delegación y fiscalización con otros órganos oficiales federales o locales y con entidades privadas.
6. Ejercer la representación judicial del Ministerio, el patrocinio y la procuración en todas las causas judiciales en que éste sea parte, en las ejecuciones fiscales impositivas y de multas aplicadas a agencias de turismo y en los recursos de apelación judicial directa, efectuando y asistiendo en las denuncias y querellas en sede criminal, sustanciando los reclamos administrativos previos y los recursos administrativos.
7. Intervenir en la instrucción de sumarios a los agentes de percepción del impuesto administrado por el Ministerio.
8. Centralizar y diligenciar por sí o con derivación a otras dependencias competentes, los oficios judiciales ordenatorios e informativos.
9. Atender el servicio jurídico permanente, con las demás funciones legales y reglamentarias atribuidas al Cuerpo de Abogados del Estado.
DIRECCION DE SISTEMAS INFORMATICOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Administrar los recursos informáticos orientados a automatizar la gestión global del organismo en función de nuevas tecnologías determinando sus objetivos y necesidades.
Conducir las acciones que hacen al desarrollo de las tareas vinculadas con el procesamiento electrónico de la información.
ACCIONES:
1. Realizar los estudios de factibilidad necesarios para la adquisición de nuevas tecnologías de software y hardware, estableciendo pautas de evaluación, mantenimiento y modernización del equipamiento informático y de los insumos y servicios relacionados con las referidas tecnologías.
2. Asistir técnicamente sobre los temas de su competencia.
3. Formular propuestas y planes de desarrollo de innovación tecnológica, en coordinación con las otras áreas del organismo y con entidades públicas y/o privadas, a fin de favorecer el desarrollo e implementación de nuevas tecnologías.
4. Desarrollar sistemas informáticos orientados al cumplimiento de las actividades en las cuales el Ministerio tiene responsabilidad ante terceros, prestando asistencia técnica a organizaciones vinculadas al turismo para la transferencia de tecnologías propias o desarrolladas por otros y orientadas a la modernización de medios técnicos.
5. Asesorar en licitaciones para la compra o contratación de productos y servicios, participando asimismo en el análisis técnico de las propuestas.
6. Preparar y conducir la operación de puesta en funcionamiento de los sistemas y programas informáticos.
7. Mantener la integridad, disponibilidad y confidencialidad de la información del Ministerio.
8. Coordinar con las distintas áreas del organismo el apoyo y el soporte técnico de estas tecnologías, su actualización, así como el desarrollo y la capacitación de los recursos humanos existentes.
9. Realizar el registro, la delegación y la actualización de los dominios gubernamentales dependientes del Ministerio.
10. Realizar las tareas de diseño, desarrollo, implantación, actualización y gestión del alojamiento de las páginas web del Ministerio.
DIRECCION DE SUMARIOS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Conducir la substanciación de los sumarios administrativos disciplinarios que corresponda promover al personal de la jurisdicción ministerial, como así también a los agentes de percepción o responsables del impuesto sobre pasajes aéreos, marítimos y fluviales al exterior.
ACCIONES:
1. Instruir los sumarios administrativos e informaciones sumarias con el objeto de determinar la responsabilidad disciplinaria y patrimonial de los agentes de la jurisdicción alcanzados por las prescripciones del Reglamento de Investigaciones Administrativas y normas concordantes, comprendiendo todas las diligencias y actos contemplados en las disposiciones legales vigentes.
2. Elaborar los instrumentos necesarios para que el funcionario competente formule las denuncias que correspondieren, en los casos en que se advierta la existencia de hechos que, en principio, revistieren las características externas de delito de acción pública.
3. Supervisar la recopilación de los informes y la documentación necesaria para determinar el perjuicio fiscal y la responsabilidad patrimonial emergente, proponiendo a los organismos competentes el ejercicio de las acciones de recupero.
4. Fiscalizar la realización de diligencias a que alude el Reglamento de Investigaciones Administrativas y toda otra que resulte necesaria.
5. Mantener actualizado un registro unificado de todos los sumarios en el ámbito del MINISTERIO DE TURISMO.
SECRETARIA DE TURISMO
DIRECCION NACIONAL DE PRESTACIONES TURISTICAS
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Fomentar en todo el ámbito del país el turismo social dirigido a los grupos vulnerables de la sociedad ejecutando las acciones relativas a la prestación de los servicios a través de los Programas Federales de Turismo Social en forma conjunta con las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse bajo su dependencia y ejerciendo el control de la calidad de las estadías y facilitando la accesibilidad turística.
ACCIONES:
1. Formular propuestas de planes, programas y proyectos para fomentar el turismo social dirigido a las familias de escasos recursos económicos y los sectores de juventud, minoridad, tercera edad y personas discapacitadas, como así también asegurar la prestación de los servicios que se brindan a los contingentes en las Unidades Turísticas de Chapadmalal y Embalse y el Programa Federal de Turismo Social.
2. Proponer para su ejecución a nivel nacional paseos y miniturismo destinados a escolares, familias de escasos recursos, personas discapacitadas y de la tercera edad, fomentando el campamentismo y el establecimiento de albergues de la juventud.
3. Establecer relaciones y realizar en forma conjunta programas con organismos de educación, tercera edad, personas con discapacidad y toda otra área oficial y privada con objetivos comunes mediante acuerdos de complementación orientados a incentivar el desarrollo del turismo social en el orden nacional, provincial y municipal.
4. Diseñar y programar las tarifas, los ingresos y los alojamientos de los contingentes turísticos en las Unidades Turísticas dependientes y el Programa Federal de Turismo Social, estableciendo las normas prioritarias para las familias numerosas, la clase pasiva, las personas con discapacidad y los grupos escolares.
5. Diseñar e implementar la fiscalización de los servicios de turismo social brindados por los concesionarios de las Unidades Turísticas y/o prestadores privados a través del Programa Federal de Turismo Social.
6. Proponer y ejecutar a nivel nacional una política de turismo social sin exclusiones a través del diseño de nuevos instrumentos y programas que posibiliten integrar a todos los sectores de la población a la práctica turística.
7. Planificar y establecer una red nacional de turismo social para todos a través de corredores y giras turísticas novedosas que abarquen las Unidades Turísticas y los destinos incipientes no tradicionales incorporando pequeñas empresas hoteleras y prestadoras de servicios a la oferta social.
8. Coordinar a nivel nacional políticas de turismo social que permitan incrementar la oferta turística relevando y poniendo en uso establecimientos aptos para la actividad social a nivel nacional, provincial y municipal a través de convenios de adhesión.
DIRECCION NACIONAL DE CALIDAD TURISTICA
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Intervenir en las estrategias institucionales tendientes a la mejora de la calidad de las prestaciones turísticas, estableciendo y controlando estándares de calidad en el marco del desarrollo sustentable del sector.
Intervenir en el registro, la fiscalización y la sanción de los prestadores de servicios turísticos, y en el control del cumplimiento de las normas legales y reglamentarias vigentes en la materia a los efectos de asegurar la protección del usuario.
ACCIONES:
1. Entender en el diseño e implementación del Plan Nacional de Calidad Turística, determinando estándares de calidad internacionalmente competitivos para las empresas turísticas, definiendo mecanismos de cumplimiento de dichas normas, proponiendo procesos de certificación para la obtención de la marca de calidad y efectuando su actualización conforme a la evolución del mercado turístico.
2. Determinar estándares de calidad internacionalmente competitivos para las empresas, los productos y/o los destinos turísticos, definiendo los mecanismos de cumplimiento de dichas normas.
3. Poner en marcha y mantener actualizado el Sistema Argentino de Calidad Turística, revisando bianualmente las herramientas que lo integran atento su evolución y la del mercado turístico.
4. Propiciar los estudios de las variables que incrementen la competitividad turística mediante planes y programas de capacitación de recursos humanos que permitan el desarrollo sustentable del turismo, con resguardo del patrimonio natural y cultural en el ámbito federal.
5. Cooperar con las relaciones institucionales, públicas y privadas, a través de la instrumentación de convenios, planes, programas y proyectos sobre educación, capacitación, calidad y protección del usuario.
6. Promover e impulsar el desarrollo de las acciones conducentes a lograr la efectiva protección del usuario de servicios turísticos, y atender al control de los prestadores de servicios turísticos sobre los que el Ministerio tiene competencia.
7. Intervenir en la resolución de controversias entre prestadores turísticos y usuarios derivadas de contratos turísticos.
DIRECCION DE RELACIONES INTERNACIONALES
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Impulsar y atender las relaciones institucionales con las organizaciones regionales e internacionales oficiales y privadas y con los organismos públicos nacionales, provinciales y locales, promoviendo con la intervención del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la negociación y celebración de convenios bilaterales y multilaterales de cooperación y asistencia para facilitar el desenvolvimiento turístico.
ACCIONES:
1. Intervenir en las relaciones del Ministerio con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, públicas y privadas de turismo, con el objeto de generar acciones concurrentes al desarrollo y facilitación del turismo en el país.
2. Proponer la elaboración de acuerdos y participar en la celebración, con las provincias y municipios, de convenios relacionados con la fiscalización de servicios turísticos.
3. Fomentar y atender las relaciones del Ministerio con las organizaciones nacionales, regionales e internacionales, públicas y privadas de turismo, en especial con la Dirección de Apoyo al Turismo y Promoción de Inversiones y el Instituto del Servicio Exterior de la Nación (ISEN), ambos del MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, el Consejo Federal de Turismo y los organismos oficiales de Turismo de las Provincias, de la CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES y de los relevantes municipios turísticos del país, con el objeto de generar acciones concurrentes al desarrollo y facilitación del turismo en el país.
4. Coordinar, juntamente con el MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO, la participación en las reuniones de las organizaciones turísticas regionales e internacionales, particularmente de la Organización Mundial del Turismo; analizar la documentación y ejecutar acciones tendientes a la obtención de asistencia técnica para el desarrollo y posicionamiento protagónico de la actividad turística argentina, tanto de nivel público como privado.
5. Participar en las Reuniones Especializadas de Turismo del MERCOSUR y en las negociaciones de acuerdos y convenios bilaterales o multilaterales de cooperación en turismo, como asimismo intervenir en el tratamiento de temas inherentes al desarrollo turístico tratados por otros Grupos Técnicos del MERCOSUR, y efectuar el seguimiento de los acuerdos alcanzados.
6. Intervenir en los temas relacionados con la Comisión Nacional Argentina de Cooperación con la UNESCO constituida en el ámbito del MINISTERIO DE EDUCACION.
SECRETARIA DE TURISMO
SUBSECRETARIA DE DESARROLLO TURISTICO
DIRECCION NACIONAL DE DESARROLLO TURISTICO
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Asistir a la Subsecretaría en la coordinación de las actividades derivadas de la aplicación del diseño de estrategias para la planificación del desarrollo turístico del país.
Dirigir los procesos técnicos y administrativos tendientes a la obtención, sistematización, interpretación y distribución de información estadística de Turismo.
Implementar las políticas definidas para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística.
Promover la planificación y concertación de la inversión pública en el sector, procurando la modelización de la inversión privada para el fortalecimiento del empresariado turístico nacional y la armoniosa completitud de la oferta turística.
ACCIONES:
1. Entender en los procesos de planificación turística de escala nacional.
2. Propiciar ámbitos de discusión y análisis para el diseño e implementación de estrategias de desarrollo turístico.
3. Generar herramientas para la planificación turística basadas en sistemas de información y estadística turística.
4. Dirigir las acciones conducentes a la obtención, procesamiento y elaboración e interpretación de estadísticas básicas de turismo, haciendo accesibles estos resultados a todos los actores del sector.
5. Procurar acometer la cuenta satélite de turismo en el marco de las obligaciones fijadas al MINISTERIO DE TURISMO por el Sistema Estadístico Nacional.
6. Dirigir la elaboración, ejecución, gestión y control de programas y proyectos para el ordenamiento y desarrollo de la oferta turística existente así como también para la incorporación de nuevos productos a efectos de satisfacer la demanda del turismo interno e internacional receptivo.
7. Profundizar el uso de herramientas inductoras de desarrollo turístico en los espacios prioritarios del Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.
8. Entender en la evaluación y formulación de proyectos de inversión turística en el marco del modelo de desarrollo turístico sustentable propuesto por el Plan Federal Estratégico de Desarrollo Turístico 2016.
9. Entender en la captación y radicación de capitales tendientes a la mejora y completitud de la oferta turística.
10. Dirigir las acciones conducentes a la sistematización de información relativa a las inversiones públicas y privadas en el sector.
SUBSECRETARIA DE PROMOCION TURISTICA NACIONAL
DIRECCION NACIONAL DE MARKETING Y PROMOCION
RESPONSABILIDAD PRIMARIA:
Entender en las estrategias de comunicación para la promoción turística nacional.
Planificar, desarrollar y ejecutar acciones destinadas a promover la demanda del turismo interno.
ACCIONES:
1. Asistir a la Subsecretaría en la formulación de los objetivos de políticas y planes de desarrollo para la promoción turística nacional.
2. Entender en las políticas de diferenciación y posicionamiento, y en las estrategias de comunicación que desarrollen un adecuado vínculo entre demanda y oferta turísticas.
3. Fomentar la interrelación y la cooperación entre el sector público y el privado en la promoción del turismo interno.
4. Entender en la elaboración del Plan Anual de Acciones Nacionales de Promoción, y en la programación y organización de toda actividad destinada a la promoción del turismo nacional.
5. Intervenir en las acciones inherentes al diseño, desarrollo, mantenimiento sistémico, administración y distribución nacional e internacional de la base de información turística, y en las tareas de búsqueda, análisis, procesamiento, actualización y control de la información que la conforma.
6. Intervenir en las acciones relacionadas con la difusión de la oferta turística nacional a través del portal del organismo, en el marco de las estrategias de comunicación que se establezcan.
7. Intervenir en las tareas de asesoramiento a turistas y/o personas que lo requieran en los centros de información habilitados al efecto, y en la atención de huéspedes extranjeros, giras de familiarización y visitas guiadas.
8. Impulsar las propuestas de declaración de interés turístico, fiesta nacional y auspicio, relacionados con acontecimientos de significación turística que se desarrollen en el país, cuando contribuyan a la difusión de la oferta y al incremento de la demanda.
9. Intervenir en las actividades vinculadas con el diseño, producción, control de calidad y distribución del material promocional, y en la determinación de los medios de comunicación a ser utilizados para la ejecución de campañas de difusión y publicidad.
10. Impulsar las propuestas de otorgamiento de apoyos económicos a entidades públicas y privadas para la realización de acciones promocionales del turismo interno.
11. Impulsar la realización de convenios con entidades públicas y privadas para el desarrollo de acciones de promoción turística.
12. Intervenir en la elaboración de informes de evolución y control de la gestión, del anteproyecto del Presupuesto Plurianual y de la Memoria Anual de la Subsecretaría.
13. Colaborar con las áreas del organismo, informando las novedades advertidas en ocasión del desempeño de las funciones de las áreas bajo su dependencia.
14. Controlar que las Direcciones a su cargo trabajen en coordinación permanente con toda la Subsecretaría y con los otros sectores del Ministerio.
ANEXO III
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 01 - Actividades Centrales
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | Niveles Escalafonarios | Subtotal | |||||
A | B | C | D | E | F | ||||
Unidad Ministro | 1 | 3 | - | 3 | 5 | 2 | - | - | 10 |
Unidad Auditoría Interna | 1 | - | 3 | 4 | - | - | - | 7 | |
Unidad Subsecretario de Coordinación | 1 | 2 | - | 2 | 6 | 1 | 1 | - | 10 |
Dirección General de Administración | 2 | 7 | 20 | 14 | 14 | 2 | 59 | ||
Dirección General de Recursos Humanos y Organización | 1 | 3 | 14 | 6 | 1 | - | 25 | ||
Dirección General de Legislación y Asuntos Jurídicos | 2 | 6 | 7 | - | - | 1 | 16 | ||
Dirección de Sistemas Informáticos | - | 1 | 4 | 2 | 1 | - | 8 | ||
Dirección de Sumarios | - | 1 | - | - | - | - | 1 | ||
TOTALES | 5 | 26 | 60 | 25 | 17 | 3 | 136 |
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 16 - Desarrollo y Promoción del Turismo Nacional
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | PSE | Niveles Escalafonarios | Subtotal | |||||
A | B | C | D | E | F | |||||
Unidad Secretario de Turismo | 1 | 2 | 1 | 1 | 1 | - | 2 | 1 | - | 5 |
Dirección Nacional de Calidad Turística | 1 | 4 | 20 | 4 | 7 | - | 36 | |||
Dirección de Relaciones Internacionales | - | 1 | 4 | 2 | - | - | 7 | |||
Subsecretaría de Desarrollo Turístico | 1 | |||||||||
Dirección Nacional de Desarrollo Turístico | 2 | 6 | 11 | 3 | 2 | - | 24 | |||
Subsecretaría de Promoción Turística Nacional | 1 | |||||||||
Dirección Nacional de Marketing y Promoción | 2 | 3 | 17 | 12 | 4 | - | 38 | |||
TOTALES | 6 | 15 | 52 | 23 | 14 | - | 110 |
JURISDICCION: 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA PRESUPUESTARIO 18 - Prestaciones Turísticas
ESCALAFON: Decreto Nº 2098/08 (SI.N.E.P.)
Unidad Organizativa | Aut. Sup. | E/E | Niveles Escalafonarios | Subtotal | |||||
A | B | C | D | E | F | ||||
Dirección Nacional de Prestaciones Turísticas | - | 1 | 4 | 24 | 35 | 94 | 11 | 169 | |
TOTALES | - | - | 1 | 4 | 24 | 35 | 94 | 11 | 169 |
Planilla Anexa al artículo 5°
PRESUPUESTO 2012
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 01 - ACTIVIDADES CENTRALES
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA | |
PERSONAL PERMANENTE | ||
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | ||
A | 1 | |
B | 9 | |
C | 22 | |
D | -1 | |
E | -6 | |
F | 2 | |
SubtotaI Escalafón | 27 | |
TOTAL PROGRAMA | 27 |
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 16 - DESARROLLO Y PROMOCION DEL TURISMO NACIONAL
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA | |
PERSONAL PERMANENTE | ||
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | ||
B | 3 | |
C | 8 | |
D | -14 | |
E | -1 | |
SubtotaI Escalafón | -4 | |
TOTAL PROGRAMA | -4 |
JURISDICCION 53 - MINISTERIO DE TURISMO
PROGRAMA 18 - PRESTACIONES TURISTICAS
RECURSOS HUMANOS
CARGO O CATEGORIA | CANTIDAD DE | |
CARGOS | HORAS DE CATEDRA | |
PERSONAL PERMANENTE | ||
Personal del Sistema Nacional de Empleo Público (SINEP) | ||
A | 1 | |
C | 6 | |
D | -1 | |
E | -21 | |
F | -8 | |
SubtotaI Escalafón | -23 | |
TOTAL PROGRAMA | -23 |