Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL

Decreto 816/2015

Decreto N° 357/2002. Modificación.

Bs. As., 12/5/2015

VISTO el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, y el Decreto N° 815 del 12 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría.

Que por la norma citada en último término se modificaron los artículos 17 y 22 de la Ley de Ministerios (texto ordenado por Decreto N° 438/92) y modificatorias, transfiriendo al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS los cometidos vinculados con el ejercicio de los derechos políticos de los ciudadanos, el régimen electoral, el régimen de los partidos políticos así como lo relacionado con la programación y ejecución de la legislación electoral y el empadronamiento de los ciudadanos que correspondían al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE.

Que en función de las nuevas competencias asignadas al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por el decreto mencionado en el párrafo anterior, resulta necesario reordenar las responsabilidades de las áreas afectadas por dicha medida.

Que una de las premisas del presente gobierno es lograr el perfeccionamiento de la utilización de los recursos públicos tendientes a una mejora sustancial en la calidad de vida de los ciudadanos, focalizando su accionar en la producción de resultados que sean colectivamente compartidos y socialmente valorados.

Que para ello corresponde efectuar un reordenamiento estratégico que permita concretar las metas políticas diagramadas.

Que las reformas que surgen se encuentran fundadas en el análisis y evaluación de las funciones indelegables del Estado Nacional.

Que ese reordenamiento requiere establecer una nueva conformación organizativa de los niveles políticos, basado en criterios de racionalidad y eficiencia que posibiliten una rápida respuesta a las demandas de la sociedad, dando lugar a estructuras dinámicas y adaptables a los cambios permanentes.

Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, el que quedará conformado de acuerdo al detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 2° — Sustitúyese del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002 y sus modificatorios, —Organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría— el apartado XVII correspondiente al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, el que quedará conformado de acuerdo con el detalle que se acompaña como planilla anexa al presente artículo.

Art. 3° — Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, y sus modificatorios —Objetivos— en el Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE los objetivos de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 4° — Suprímense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, y sus modificatorios —Objetivos— en el Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS Y ELECTORALES e incorpóranse los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 5° — Sustitúyense del Anexo II al Artículo 2° del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, y sus modificatorios —Objetivos— en el Apartado XVII, correspondiente al MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS los objetivos de la SECRETARIA DE JUSTICIA e incorpóranse los objetivos de la SUBSECRETARIA DE ASUNTOS ELECTORALES, los que quedarán redactados de conformidad con el detalle obrante en la planilla que como anexo al presente artículo, forma parte integrante de la presente medida.

Art. 6° — Transfiérese la DIRECCION NACIONAL ELECTORAL, del ámbito del MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE, a la órbita del MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, con las unidades organizativas que le dependen, sus respectivos cargos, niveles y categorías, dotación de personal, patrimonio, bienes y créditos presupuestarios vigentes a la fecha de la presente medida, conservando su personal sus respectivos niveles, grados y categorías de revista escalafonarios.

Art. 7° — Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas por la presente medida, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes con nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las responsabilidades primarias, acciones y dotaciones vigentes a la fecha con sus respectivos niveles, grados de revista y Funciones ejecutivas previstas en el Decreto N° 2098/08.

Art. 8° — Instrúyese al Jefe de Gabinete de Ministros a efectuar las modificaciones presupuestarias que sean necesarias para la implementación de lo establecido en el presente decreto.

Art. 9° — Hasta tanto se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, la atención de las erogaciones de las áreas afectadas por la presente medida, serán atendidas con cargo a los créditos presupuestarios de origen de las mismas.

Art. 10. — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Aníbal D. Fernández. — Aníbal F. Randazzo. — Julio C. Alak.

Planilla Anexa al artículo 1°

XII. MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN

SECRETARÍA DE INTERIOR

- SUBSECRETARÍA DE INTERIOR

SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

- SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS

SECRETARÍA DE PROVINCIAS

- SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO Y FOMENTO PROVINCIAL

SECRETARÍA DE ASUNTOS MUNICIPALES

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN MUNICIPAL

SECRETARÍA DE TRANSPORTE

- SUBSECRETARÍA DE GESTIÓN ADMINISTRATIVA DEL TRANSPORTE

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AEROCOMERCIAL

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE FERROVIARIO

- SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE AUTOMOTOR

- SUBSECRETARÍA DE REGULACIÓN NORMATIVA DEL TRANSPORTE

Planilla Anexa al artículo 2°

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SUBSECRETARIA DE COORDINACION

SUBSECRETARIA DE PLANIFICACION ESTRATEGICA

SECRETARIA DE JUSTICIA

- SUBSECRETARIA DE RELACIONES CON EL PODER JUDICIAL Y ASUNTOS PENITENCIARIOS

- SUBSECRETARIA DE POLITICA CRIMINAL

- SUBSECRETARIA DE ACCESO A LA JUSTICIA

- SUBSECRETARIA DE ASUNTOS ELECTORALES

SECRETARIA DE ASUNTOS REGISTRALES

- SUBSECRETARIA DE COORDINACION Y CONTROL DE GESTION REGISTRAL

SECRETARIA DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE PROTECCION DE DERECHOS HUMANOS

- SUBSECRETARIA DE PROMOCION DE DERECHOS HUMANOS

Planilla Anexa al artículo 3°

XII.- MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS

OBJETIVOS

1. Intervenir en los temas conexos con la declaración de estado de sitio, intervenciones del gobierno federal a las provincias y la sanción de leyes de amnistía política.

2. Intervenir en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

3. Fomentar el federalismo a través de la participación a nivel nacional de los distintos estamentos de la sociedad en las actividades de capacitación del INSTITUTO NACIONAL DE CAPACITACION POLITICA, realizando cursos y seminarios en forma coordinada y conjunta con gobiernos provinciales y organizaciones no gubernamentales.

4. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia institucional.

5. Desarrollar las acciones necesarias para la implementación de la Reforma Política, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

6. Intervenir en la tramitación de los exhortos judiciales.

7. Programar, planificar, ejecutar y realizar el seguimiento de la política de relaciones institucionales, así como también su permanente actualización legislativa.

8. Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

9. Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a la promoción de los intereses de la comunidad y sus instituciones representativas.

10. Intervenir en la determinación de pautas destinadas a coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a objetivos y cursos de acción en materia comunitaria.

11. Entender en las propuestas de reforma de la CONSTITUCION NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.

12. Promover la realización de actividades político-institucionales y el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

13. Entender en los temas atinentes a la COMISION NACIONAL DE EX COMBATIENTES DE MALVINAS.

Planilla Anexa al artículo 4°

XII.- MINISTERIO DEL INTERIOR Y TRANSPORTE

SECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS POLITICOS

OBJETIVOS

1. Asistir al Secretario de Asuntos Políticos en los temas relacionados con la declaración de estado de sitio, la intervención del gobierno federal a las provincias y las leyes de amnistía política.

2. Participar en lo relativo a la concesión del derecho de asilo.

3. Asistir en la planificación, elaboración, ejecución y seguimiento de las políticas, programas y proyectos orientados a la comunidad y a sus instituciones representativas.

4. Entender en la elaboración, ejecución y control de las políticas inherentes a la promoción de los intereses de la comunidad y sus instituciones representativas.

5. Realizar el estudio de las normas que hagan a la plena vigencia de los derechos y garantías constitucionales.

6. Intervenir en la determinación de pautas destinadas a coordinar la ejecución de planes, programas y proyectos referidos a objetivos y cursos de acción en materia comunitaria.

7. Asistir en las propuestas de reforma de la CONSTITUCION NACIONAL y en las relaciones con las convenciones que se reúnan a tal efecto.

8. Promover la realización de actividades político-institucionales y el desarrollo de normativa tendiente a consolidar la autonomía del GOBIERNO DE LA CIUDAD DE BUENOS AIRES.

9. Intervenir en la coordinación de la producción de información y la realización de estudios referidos al avance de la Reforma Política.

10. Participar en el desarrollo de las acciones necesarias para la implementación de la Reforma Política, realizando el relevamiento de opiniones y de propuestas y la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema político.

Planilla Anexa al artículo 5°

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA

OBJETIVOS

1. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con el PODER JUDICIAL, el MINISTERIO PUBLICO, el DEFENSOR DEL PUEBLO, el CONSEJO DE LA MAGISTRATURA y el CONGRESO DE LA NACION.

2. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en sus relaciones con organizaciones no gubernamentales del ámbito profesional, judicial, académico y social.

3. Intervenir en los programas de reforma judicial.

4. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la intervención que le compete en la organización del PODER JUDICIAL y en el nombramiento de los magistrados, conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL.

5. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la organización y nombramiento de magistrados del MINISTERIO PUBLICO conforme a los procedimientos y recaudos previstos en la CONSTITUCION NACIONAL y leyes complementarias.

6. Elaborar anteproyectos de reforma y actualización legislativa y entender en el ordenamiento y compilación de normas jurídicas.

7. Supervisar las acciones del Sistema Argentino de Información Jurídica.

8. Desarrollar actividades de colaboración en materias de su competencia con las provincias y organismos oficiales y privados, mediante la prestación del apoyo y cooperación necesarios para optimizar la realización de sus tareas.

9. Asistir al Ministro en el seguimiento del trámite parlamentario de los proyectos de competencia de la jurisdicción y en lo relacionado con el ejercicio constitucional de veto.

10. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la intervención que requieran los litigios en los que el interés del Estado nacional o sus entidades descentralizadas pueda verse comprometido, sin asumir la calidad de parte en el juicio.

11. Efectuar el estudio de los proyectos de leyes y decretos originados en otras áreas del PODER EJECUTIVO, sometidos a consideración del Ministerio.

12. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la coordinación de las actividades de cooperación jurídicas nacional e internacional.

13. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en los temas relacionados con medios alternativos de resolución de disputas.

14. Conducir los programas jurídicos, sociales, y de atención comunitaria, correspondientes al ámbito del Ministerio.

15. Intervenir en las actividades relativas a la aplicación del régimen de extradición y promover el desarrollo consensuado de políticas comunes con organismos internacionales y de otros países, en especial los limítrofes, en la materia de su competencia.

16. Intervenir en la definición de la política criminal de la Nación y las acciones a seguir en la materia.

17. Asistir al Ministro de Justicia y Derechos Humanos en la administración y funcionamiento del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL, en la política penitenciaria, en la reforma penitenciaria y en la ejecución penal.

18. Asistir en el plan de construcción y mantenimiento de las unidades penitenciarias del SERVICIO PENITENCIARIO FEDERAL.

19. Entender en las acciones relativas al desarrollo de la infraestructura penitenciaria.

20. Intervenir en el desarrollo de las políticas comunes con organismos internacionales y otros países, en especial los limítrofes, en materia de política criminal.

21. Entender en las acciones relativas al Programa Nacional de Protección a Testigos e Imputados.

22. Proponer políticas y programas relativos a la readaptación social de los internos, promoviendo el desarrollo de los patronatos de liberados e intervenir en los casos de indultos y conmutación de penas.

23. Entender en las acciones vinculadas con el Programa Nacional de Asistencia para las Personas con Discapacidad en sus relaciones con la Administración de Justicia.

24. Asistir al Ministro en las relaciones institucionales con el sistema universitario, las organizaciones no gubernamentales y los organismos públicos no estatales de los ámbitos académicos y profesional, y la comunidad académica en general.

25. Coordinar la programación de la política electoral nacional.

26. Proponer los proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

27. Proponer al Ministro de Justicia y Derechos Humanos las medidas conducentes para perfeccionar el Registro Nacional de Electores y custodiar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

28. Entender en la elaboración de estudios estadísticos de los actos eleccionarios y difundir sus resultados.

29. Intervenir en la elaboración de reformas y adecuación de la legislación en materia de partidos políticos.

30. Conceder franquicias e intervenir en la distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.

XVII.- MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

SECRETARIA DE JUSTICIA

SUBSECRETARIA DE ASUNTOS ELECTORALES

OBJETIVOS

1. Intervenir en la coordinación de la programación de la política electoral nacional.

2. Asistir al señor Secretario de Justicia en la propuesta de proyectos de convocatoria para los actos eleccionarios que le competen e intervenir en la difusión pública de los procedimientos y normas útiles a la ciudadanía durante el acto eleccionario.

3. Asistir al señor Secretario de Justicia en la elaboración de las medidas conducentes para agilizar y perfeccionar el proceso de conformación del Registro Nacional de Electores y conservar los ejemplares autenticados del padrón electoral.

4. Coordinar con los organismos involucrados en su ejecución todos los aspectos operativos vinculados con la programación y desarrollo de los actos electorales nacionales.

5. Coordinar la realización de estudios estadísticos de los actos eleccionarios, proporcionar a los sectores correspondientes los resultados obtenidos y reunir, procesar y difundir la información relativa a los mismos.

6. Asistir en todo lo relacionado con la concesión de franquicias y el otorgamiento y distribución de los aportes del Fondo Partidario Permanente, a las agrupaciones políticas.

7. Intervenir en las relaciones con los partidos políticos y promover su institucionalización democrática.

8. Participar en la elaboración de proyectos de normas modificatorias de aquellas que rigen el funcionamiento del sistema electoral.
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