Presidencia de la Nación

Decreto 701 / 1997

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


SEGURIDAD SOCIAL

TRABAJADORES MARITIMOS - CATEGORIZACION

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 04-Ago-1997
Resumen:

DEROGANSE LAS SIGUIENTES NORMAS QUE CATEGORIZAN A LOS TRABAJADORES MARITIMOS REMUNERADOS "A LA PARTE" COMO AUTONOMOS: INC. 5) DEL ART. 11 DEL DECRETO Nº 2104/93; APARTADO E) DEL INC. 2) DE LA REGLAMENTACIO DEL ART. 2º DE LA LEY Nº 24241 APROBADA POR EL ART. 1º DEL DEC. Nº 433/94; Y EL ACAPITE 2.4. DE LA TABLA VII - AFILIACIONES DIFERENCIALES - DEL ANEXO I DEL DEC. Nº 433/94, SUSTITUIDA POR EL ART. 2º DEL DEC. Nº 1262/94 (...) SUSTITUYESE EL PUNTO 3 DE LA TABLA VII DEL ANEXO I AL DEC. Nº 433/94

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