Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


FUERZAS ARMADAS Y DE SEGURIDAD

DECRETO N° 7007

Policía Federal. Modificación de dos artículos de la Reglamentación de la Ley Orgánica.

Bs. As., 11/10/72

VISTO el Expediente N° 211.184/I/72 por el que la Policía Federal solicita modificación del art. 568 de la reglamentación de la Ley Orgánica de la Institución, aprobada por Decreto N° 6580/58, y

CONSIDERANDO:

Que dicha norma determina que en forma anual serán designados los funcionarios que integrarán el 'Tribunal de Disciplina para Retirados';

Que ello, en el caso del personal en actividad, demanda una dedicación intensiva a problemas desvinculados de su quehacer específico, por un tiempo que se estima excesivamente prolongado.

Que la modificación propuesta tiende a evitar el inconveniente, disminuyendo el lapso de actuación del personal en actividad, lo que incidirá en favor de la eficiente operativa institucional;

Que el presente decreto se basa en la Política Nacional N° 126 aprobada por Decreto N° 46/1970 de la Junta de Comandates en Jefe.

Por ello y de conformidad con lo dictaminado por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio del Interior,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTIAN

DECRETA:

Artículo 1°- Modifícase el artículo 568 de la reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal, aprobada por Decreto N° 6580/1958, conforme el siguiente texto:

'Art. 568.- Semestralmente el jefe de la Policía Federal designará al funcionario que debe ejercer la presidencia del tribunal y la nómina de los retirados en condiciones de integrarlo. En cada caso el presidente citará de dicha nómina por orden sucesivo, a los retirados que han de integrar el tribunal.'

Art. 2°- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

LANUSSE

Arturo Mor Roig
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