ARMAS DE FUEGO
LEY Nº 26216 - PROMULGACION - OBSERVACION
Resumen:
OBSERVASE EL ULTIMO PARRAFO DEL ARTICULO 14 DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL Nº 26.216. - OBSERVASE, EN EL PRIMER PARRAFO DEL ARTICULO 19 DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL Nº 26.216, LA FRASE “DE LAS POLITICAS DE ARMAS DE FUEGO”. - OBSERVASE, EN EL ARTICULO 21 DEL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL Nº 26.216, LA FRASE “DE LAS POLITICAS DE CONTROL Y PREVENCION DEL USO Y PROLIFERACION DE ARMAS DE FUEGO”. - CON LAS SALVEDADES ESTABLECIDAS EN LOS ARTICULOS ANTERIORES, CUMPLASE, PROMULGASE Y TENGASE POR LEY DE LA NACION EL PROYECTO DE LEY REGISTRADO BAJO EL Nº 26.216.
Observaciones:
SE DECLARA VALIDO POR RESOLUCION SIN NUMERO DEL HONORABLE SENADO DE LA NACION Y LA HONORABLE CAMARA DE DIPUTADOS DE LA NACION. BOLETIN OFICIAL 13/06/2007.