MINISTERIO DE TRANSPORTE
DELEGACION DE FACULTADES Y OBLIGACIONES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
20-Ago-2020
Resumen:
DELEGANSE EN EL MINISTERIO DE TRANSPORTE, DE ACUERDO CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 2° DE LA LEY N° 13.064, LAS FACULTADES Y OBLIGACIONES DETERMINADAS POR DICHA LEY PARA LA CONTRATACION Y EJECUCION DE CONSTRUCCIONES, TRABAJOS O SERVICIOS QUE REVISTAN EL CARACTER DE OBRA PUBLICA EN MATERIA AEROPORTUARIA, FERROVIARIA, PORTUARIA, FLUVIAL Y MARITIMA, Y PARA LA ADQUISICION DE MATERIALES, MAQUINARIAS, MOBILIARIOS Y ELEMENTOS DESTINADOS A ELLAS.