CAJA DE VALORES
SU FUNCIONAMIENTO
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
10-Sep-1974
Resumen:
LA CAJA DE VALORES FUNCIONARA DE ACUERDO CON LAS DISPOSICIONES DEL TITULO III, CAPITULO III DE LA LEY 20.645 DE LA PRESENTE REGLAMENTACION Y DEL REGLAMENTO OPERATIVO QUE OPORTUNAMENTE APRUEBE LA COMISION NACIONAL DE VALORES A PROPUESTA DE LA CAJA DEVALORES.-