MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA
Decreto 653/2016
Decreto N° 357/2002. Modificación.
Bs. As., 05/05/2016
VISTO el Expediente N° S02:0009553/2016 del registro del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la Ley de Ministerios N° 22.520 (texto ordenado por Decreto N° 438/92 y modificatorios), el Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios y el Decreto N° 212 del 22 de diciembre de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que mediante el Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, se aprobó el Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada, hasta el nivel de Subsecretaría.
Que por el Decreto N° 212/15 se sustituyó, del Anexo I al artículo 1° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios —Organigrama de Aplicación de la ADMINISTRACIÓN PÚBLICA NACIONAL centralizada— el Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, aprobándose la nueva conformación organizativa para el citado Departamento de Estado hasta el nivel de Subsecretaría.
Que habiéndose analizado los cometidos de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, resulta procedente modificar su denominación, a fin de reflejar más adecuadamente sus objetivos, pasando a denominarse SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES.
Que asimismo, entre los objetivos de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA previstos en el Apartado XII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357/02, sus modificatorios y complementarios, se prevé en el objetivo 6 el de intervenir en la tramitación de exhortos judiciales.
Que atento a que el objetivo 6 de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, detallado en el considerando anterior, no hace a la esencia sustantiva del cometido asignado de dicha Secretaría, ni ha sido delegado en ninguno de los objetivos atribuidos a las Subsecretarías dependientes de la Secretaría en cuestión y se encuentra comprendido dentro de las acciones correspondientes al servicio jurídico del citado Departamento de Estado, es menester suprimirlo.
Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS dependiente de la SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN del MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, ha tomado la intervención que le compete.
Que el presente se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Sustitúyese en el Anexo I al artículo 1° —Organigrama— y en el Anexo II al artículo 2° —Objetivos—, ambos del Decreto N° 357 del 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, en el Apartado XII correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, la denominación de la SECRETARIA DE ASUNTOS POLÍTICOS Y FORTALECIMIENTO INSTITUCIONAL, por la de SECRETARIA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES, debiendo considerarse sustituida tal denominación cada vez que se hace referencia a la Secretaría citada en primer término.
Art. 2° — Suprímese del Anexo II al artículo 2° del Decreto N° 357 de fecha 21 de febrero de 2002, sus modificatorios y complementarios, en el Apartado XII, correspondiente al MINISTERIO DEL INTERIOR, OBRAS PÚBLICAS Y VIVIENDA, el Objetivo 6 de la SECRETARÍA DE ASUNTOS POLÍTICOS E INSTITUCIONALES.
Art. 3° — Comuníquese, publíquese, dése a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese. — MACRI. — Marcos Peña. — Rogelio Frigerio.