ADMINISTRACION PUBLICA NACIONAL
LEY 24156 (ADM.FIN. Y SIST.DE CONT. DEL S.PUB.NAC.
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
09-Mayo-1995
Resumen:
LAS JURISDICCIONES Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION NACIONAL COMPRENDIDAS EN EL AMBITO DEL ARTICULO 8º, INC. A) DE LA LEY Nº 24156 DE ADMINISTRACION FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PUBLICO NACIONAL, DEBERAN SUMINISTRAR A LA SECRETARIA DEHACIENDA DEL MINISTERIO DE ECONOMIA Y OBRAS Y SERVICIOS PUBLICOS, LOS DATOS DE SUS SISTEMAS DE LIQUIDACION DE HABERES DE ACUERDO CON LA PLATAFORMA MINIMA DE INFORMACION SALARIAL PRESUPUESTARIA QUE SE DETALLA EN EL ANEXO I QUE FORMA PARTE DEL PRESENTEDECRETO.