Presidencia de la Nación

Decreto 577 / 2014

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Normativa / Número Fecha publicación Descripción
Normativa / Número Decreto 1809 / 2009

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 25-Nov-2009 Descripción
DESIGNACION - APROBACION

DASE POR DESIGNADO A PARTIR DEL 1º DE SEPTIEMBRE DE 2009, CON CARACTER TRANSITORIO POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES EN UN CARGO NIVEL A - GRADO 0, COMO DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION DEPENDIENTE DE LA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION DE LA SECRETARIA DE LA GESTION PUBLICA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, A D. PEDRO DANIEL JANICES (DNI Nº 18.390.469), AUTORIZANDOSE EL CORRESPONDIENTE PAGO DE FUNCION EJECUTIVA NIVEL I DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), APROBADO POR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL HOMOLOGADO POR DECRETO Nº 2098/08, CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL POR NO CUMPLIR CON LOS REQUISITOS MINIMOS DEL ARTICULO 14 DEL DECRETO CITADO PRECEDENTEMENTE Y CON CARACTER DE EXCEPCION A LO DISPUESTO EN EL ARTICULO 7º DE LA LEY Nº 26.422.

Normativa / Número Decreto 2578 / 2012

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)

Fecha publicación 07-Ene-2013 Descripción
DESIGNACION - APROBACION

DASE POR PRORROGADA, DESDE EL 3 DE NOVIEMBRE DE 2011, POR EL TERMINO DE CIENTO OCHENTA (180) DIAS HABILES A PARTIR DE LA FECHA DE LA PRESENTE MEDIDA LA DESIGNACION TRANSITORIA EFECTUADA EN LOS TERMINOS DEL DECRETO Nº 1809/09 Y CUYA PRORROGA SE EFECTUO MEDIANTE EL DECRETO Nº 1731/11 POR EL MISMO TERMINO, DEL SEÑOR D. PEDRO DANIEL JANICES (D.N.I. Nº 18.390.469) EN UN CARGO NIVEL A - GRADO 0, COMO DIRECTOR NACIONAL DE LA OFICINA NACIONAL DE TECNOLOGIAS DE INFORMACION DE LA SUBSECRETARIA DE TECNOLOGIAS DE GESTION DE LA SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA DE LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, AUTORIZANDOSE EL CORRESPONDIENTE PAGO DE LA FUNCION EJECUTIVA NIVEL I DEL SISTEMA NACIONAL DE EMPLEO PUBLICO (SINEP), APROBADO POR EL CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO SECTORIAL HOMOLOGADO POR EL DECRETO Nº 2098/08 Y CON AUTORIZACION EXCEPCIONAL POR NO REUNIR LOS REQUISITOS MINIMOS ESTABLECIDOS EN EL ARTICULO 14 DEL TITULO II, CAPITULO III DEL CONVENIO CITADO PRECEDENTEMENTE.

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