CODIGO AERONAUTICO
REGLAMENTACION DE LOS ARTS. 74 Y 75
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
18-Ago-1967
Resumen:
AERONAVES ARGENTINAS O EXTRANJERAS ACCIDENTADAS O INMOVILIZADAS DE HECHO O CUYOS PROPIETARIOS NO SE PRESENTEN A RECLAMARLAS.
Observaciones:
ABROGADA POR ARTICULO 3 DEL DECRETO N° 664/2024 B.O. 24/07/2024 PAGINA 9. VIGENCIA: EL DIA DE SU PUBLICACION EN EL BOLETIN OFICIAL.