Presidencia de la Nación

Decreto DNU 566 / 2019

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


HIDROCARBUROS

DISPOSICIONES

Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del 16-Ago-2019
Resumen:

ESTABLECER QUE LAS ENTREGAS DE PETROLEO CRUDO EFECTUADAS EN EL MERCADO LOCAL DURANTE LOS NOVENTA (90) DIAS CORRIDOS SIGUIENTES A LA ENTRADA EN VIGENCIA DE ESTA MEDIDA DEBERAN SER FACTURADAS Y PAGADAS AL PRECIO CONVENIDO ENTRE LAS EMPRESAS PRODUCTORAS Y REFINADORAS AL DIA 9 DE AGOSTO DE 2019, APLICANDO UN TIPO DE CAMBIO DE REFERENCIA DE CUARENTA Y CINCO PESOS CON DIECINUEVE CENTAVOS POR DOLAR ESTADOUNIDENSE ($ 45,19/USD) Y UN PRECIO DE REFERENCIA BRENT DE CINCUENTA Y NUEVE DOLARES POR BARRIL (USD 59/BBL). PRECIO TOPE DE NAFTAS Y GASOIL.

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