Presidencia de la Nación

PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)


MONUMENTO HISTÓRICO NACIONAL

Decreto 520/2022

DCTO-2022-520-APN-PTE - Declaraciones.

Ciudad de Buenos Aires, 19/08/2022

VISTO el Expediente N° EX-2017-06186082-APN-DMED#MC, la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS, organismo desconcentrado en el ámbito del MINISTERIO DE CULTURA, ha resuelto proponer la declaratoria como monumento histórico nacional a los DEPÓSITOS CABALLITO, VILLA DEVOTO e “INGENIERO PAITOVÍ”, y como bien de interés industrial nacional a la PRIMERA TORRE DE TOMA, ubicada en el RÍO DE LA PLATA, todos de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Que el crecimiento demográfico y edilicio de la Ciudad de Buenos Aires superaba en los primeros años del siglo XX todas las previsiones de saneamiento posibles, y para una ciudad que recibía importantes contingentes migratorios y construía grandes edificios en altura, el DEPÓSITO DEL PALACIO DE LAS AGUAS CORRIENTES de la Avenida Córdoba no era suficiente.

Que era necesario complementar y ampliar su acción con otros depósitos de gravitación ubicados en zonas topográficamente más elevadas que pudieran abastecer sin problemas a las nuevas generaciones de rascacielos que iban poblando la ciudad.

Que para ello en el año 1908 la DIRECCIÓN GENERAL DE OBRAS DE SALUBRIDAD DE LA NACIÓN formuló un plan de abastecimiento que contemplaba la provisión de agua potable para SEIS MILLONES (6.000.000) de habitantes, y comprendía la construcción de grandes depósitos de reserva en zonas con cotas de TREINTA Y OCHO (38) metros ubicados en barrios periféricos de la Ciudad de Buenos Aires, junto con otras importantes obras, como una nueva planta purificadora en Palermo, que reemplazaría a la de Recoleta.

Que los depósitos seguían el diseño general del edificio de la Avenida Córdoba, una gran estructura metálica interior con DOCE (12) tanques de reserva de CUATRO (4) metros de altura y SEIS MIL (6000) metros cúbicos de capacidad, en TRES (3) niveles, sostenidos por una malla de columnas de hierro que también soportaban el armazón de la cubierta de chapas onduladas en la parte central y las mansardas y cúpulas de pizarras perimetrales.

Que el DEPÓSITO CABALLITO fue habilitado el 25 de octubre de 1915 y sobre su funcionamiento vale la pena señalar que las cañerías de agua filtrada llegaban a los tanques desde las bombas impelentes del ESTABLECIMIENTO PALERMO, con un largo de DIEZ (10) kilómetros.

Que la construcción del DEPÓSITO VILLA DEVOTO fue terminada a fines del año 1916 cuando restaban construir la casilla del guardián, las oficinas, los cercos, veredas, etc., que fueron terminados junto con la habilitación total del depósito el 1° de diciembre de 1917.

Que el DEPÓSITO “INGENIERO PAITOVÍ” o DEPÓSITO CONSTITUCIÓN, como suele conocerse, fue proyectado por OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN.

Que sus obras se iniciaron en el año 1948 durante el primer gobierno del General Juan Domingo PERÓN, fue inaugurado NUEVE (9) años después por el gobierno de facto que lo derrocó, en el año 1957, y se trató del último eslabón de un largo camino.

Que externamente, en la segunda posguerra, la arquitectura oficial presentaba otras vertientes estilísticas y dentro de ellas la de un neoacademicismo lavado, que tiene en el DEPÓSITO CONSTITUCIÓN un exponente de valor.

Que su funcionamiento es pleno y hoy constituye una pieza vital dentro del sistema histórico y actual de provisión de agua de la ciudad y, desde luego, un testimonio clave de su magnífico patrimonio industrial.

Que una presencia histórica en el paisaje ribereño sobre la Costanera Norte han sido las torres de toma en el RÍO DE LA PLATA, encargadas de captar el agua para su posterior potabilización, distribución y consumo.

Que el 4 de abril de 1869 la Ciudad de Buenos Aires se había convertido en la primera ciudad de AMÉRICA en contar con instalaciones de filtros para agua purificada; aquel primitivo sistema, proyectado por el ingeniero John COGHLAN, no contó con una torre de toma.

Que la construcción de la antigua TORRE DE TOMA en el RÍO DE LA PLATA llegó años después, con un nuevo proyecto de provisión de agua, cloacas y desagües pluviales encargado al ingeniero John F. BATEMAN.

Que este sistema, mucho más amplio que el anterior, fue aprobado por el Gobierno en el año 1872 y dentro de sus componentes se encontraba la ejecución de una TORRE DE TOMA ubicada a OCHOCIENTOS CINCUENTA (850) metros de la ribera, frente al entonces pueblo de BELGRANO, sobre la corriente llamada de “EL CAPITÁN”.

Que el agua que se captaba del RÍO DE LA PLATA era llevada por un túnel de toma hasta la planta de RECOLETA, enclave que se proyectaba ampliar y modernizar, luego llegaba a depósitos de asiento en los que se alojaban las materias en suspensión, para luego pasar a los filtros debajo de los cuales se asentaría una cámara de reserva, y desde allí era distribuida a la ciudad por medio de máquinas impelentes ubicadas en una casa de máquinas, de mayores dimensiones y capacidad que la proyectada por COGHLAN años atrás.

Que con la utilización de la electricidad en las maquinarias de provisión de agua, los grandes depósitos de gravitación fueron perdiendo protagonismo en su uso, quedaron como complemento del sistema directo de impulsión, o bien, desafectados como el de Avenida Córdoba.

Que hoy estos gigantes casi dormidos forman parte inseparable del patrimonio cultural de los argentinos y ejemplos excluyentes del desarrollo alcanzado por la industria de las grandes estructuras de hierro a fines del siglo XIX y principios del siglo XX y, por sobremanera, de la envergadura que alcanzó la acción de los ingenieros argentinos que integraron reparticiones de salubridad del Estado, como OBRAS SANITARIAS DE LA NACIÓN y sus antecesoras.

Que la COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS aconseja su declaratoria.

Que la DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURÍDICOS del MINISTERIO DE CULTURA ha tomado debida intervención.

Que la presente medida se dicta en el marco de lo establecido por el artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCIÓN NACIONAL y por el artículo 1º ter, inciso b) de la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACIÓN ARGENTINA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Declárase Monumento Histórico Nacional al DEPÓSITO CABALLITO, sito en las calles Beauchef Nros. 619/659, Avenida Pedro GOYENA Nº 455, Avenida José María MORENO Nros. 520/558 y Valle Nros. 414/486 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Datos catastrales: Circunscripción: 6, Sección: 40, Manzana: 83).

ARTÍCULO 2°.- Declárase Monumento Histórico Nacional al DEPÓSITO VILLA DEVOTO, sito en la Avenida Francisco BEIRÓ N° 4150 y las calles Gualeguaychú Nº 3251, Mercedes Nº 3350 y José Pedro VARELA Nº 4151 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Datos catastrales: Circunscripción N° 15, Sección 81, Manzana 39).

ARTÍCULO 3°.- Declárase Monumento Histórico Nacional al DEPÓSITO “INGENIERO PAITOVÍ”, sito en la Avenida Entre Ríos Nros. 1429/1441/1461 y las calles Constitución Nros. 1820/1832/1840/1850, Combate de los Pozos Nros. 1440/1450/1460 y Pavón Nros. 1811/1831/1861 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (Datos catastrales: Circunscripción: 8, Sección 22, Manzana 63).

ARTÍCULO 4°.- Declárase bien de interés industrial nacional a la PRIMERA TORRE DE TOMA, ubicada en el RÍO DE LA PLATA (Referencias geográficas: 34° 32’30.7” S, 58° 25’58.3” O).

ARTÍCULO 5°.- La COMISIÓN NACIONAL DE MONUMENTOS, DE LUGARES Y DE BIENES HISTÓRICOS realizará las gestiones y procedimientos establecidos en la Ley Nº 12.665 y sus modificatorias, en su reglamentación y en las normas complementarias, y deberá practicar las inscripciones correspondientes en los Registros Catastrales y de la Propiedad.

ARTÍCULO 6°.- Comuníquese, publíquese, dese a la DIRECCIÓN NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL y archívese.

FERNÁNDEZ - Juan Luis Manzur - Tristán Bauer

e. 22/08/2022 N° 65123/22 v. 22/08/2022
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