ENERGIA ELECTRICA
FONDO UNIFICADO - PRESTAMO REINTEGRABLE
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
27-Abr-2004
Resumen:
AUTORIZASE AL TESORO NACIONAL A OTORGAR UN PRESTAMO REINTEGRABLE AL FONDO UNIFICADO, CREADO POR EL ARTICULO 37 DE LA LEY N° 24.065 Y ADMINISTRADO POR LA SECRETARIA DE ENERGIA, DESTINADO AL PAGO DE LAS OBLIGACIONES EXIGIBLES A DICHO FONDO PARA EL CUMPLIMIENTO DE SUS FUNCIONES ESPECIFICAS Y AL SOSTENIMIENTO SIN DISTORSIONES DEL SISTEMA DE ESTABILIZACION DE PRECIOS EN EL MERCADO ELECTRICO MAYORISTA, MEDIANTE EL AUXILIO FINANCIERO AL FONDO DE ESTABILIZACION