JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS
INTERINATO. DESEMPEÑO - MINISTRO DEL INTERIOR
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
28-Sep-1995
Resumen:
EN LOS CASOS EN QUE EL JEFE DE GABINETE DE MINISTROS VIAJE AL EXTERIOR DE LA REPUBLICA O DEBA DESPLAZARSE AL INTERIOR DEL PAIS EN CUMPLIMIENTO DE MISIONES ESPECIFICAS DE GOBIERNO U OTROS CASOS DE NECESARIA AUSENCIA TRANSITORIA DE LA SEDE DEL GOBIERNO DE LANACION, LA JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS SERA DESEMPEÑADA INTERINAMENTE POR EL SEÑOR MINISTRO DEL INTERIOR. EN LOS DOS ULTIMOS SUPUESTOS DICHO INTERINATO SE PRODUCIRA PREVIA COMUNICACION DE TALES CIRCUNSTANCIAS AL PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Observaciones:
ABROGADA POR EL ARTICULO 4° DEL DECRETO N° 991/16, B.O. 07/09/2016, PAGINA 1.