Decreto 467 / 1998
PODER EJECUTIVO NACIONAL (P.E.N.)
Normativa / Número | Fecha publicación | Descripción |
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Normativa / Número
Resolución 233 / 1999
SECRETARIA DE TRANSPORTE |
Fecha publicación 06-Jul-1999 |
Descripción
CRONOGRAMA (D. 467/98) - INCORPORACION UNIDADES-PRORROGASE LA OBLIGACION DE INCORPORACION DE UNIDADES QUE FUERAN CONTABILIZADAS EN EL CRONOGRAMA PERTINENTE DE UNIDADES DE PISO BAJO PARA EL AÑO 1998, EN CUMPLIMIENTO DEL DECRETO NRO. 467/98.-
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Normativa / Número
Resolución 3 / 2002
SECRETARIA DE TRANSPORTE |
Fecha publicación 27-Feb-2002 |
Descripción
UNIDADES DE PISO BAJOA LOS FINES ESTABLECIDOS EN EL DECRETO NRO. 467/98 SUSPENDESE LA OBLIGACION DE INCORPORACION PROGRESIVA DE UNIDADES DE PISO BAJO PARA EL TRANSPORTE AUTOMOTOR PUBLICO COLECTIVO, HASTA EL 31 DE DICIEMBRE DE 2002.
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Normativa / Número
Resolución 417 / 2003
SECRETARIA DE TRANSPORTE |
Fecha publicación 29-Dic-2003 |
Descripción
FRECUENCIA MINIMA DE SERVICIOSREGION METROPOLITANA DE BUENOS AIRES. ESTABLECESE UN PLAZO PARA QUE LAS PERMISIONARIAS DE SERVICIOS PUBLICOS DE TRANSPORTE POR AUTOMOTOR DE PASAJEROS DE CARACTER URBANO Y SUBURBANO DE JURISDICCION NACIONAL PRESTEN, EN EL RECORRIDO DE CADA LINEA DONDE SE CONCENTRE LA MAYOR CANTIDAD DE SERVICIOS POR HORA, UNA FRECUENCIA MINIMA DE UN SERVICIO CADA VEINTE MINUTOS CON UNIDADES ADAPTADAS PARA PERSONAS CON MOVILIDAD REDUCIDA.
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