OBLIGACIONES TRIBUTARIAS Y PREVISIONALES
REGIMEN DE FACILIDADES DE PAGO - TASA DE INTERES
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
14-Sep-1995
Resumen:
LA TASA DE INTERES APLICABLE EN CUALQUIERA DE LOS REGIMIENES DE FACILIDADES DE PAGO VIGENTES AL 30 DE SEPTIEMBRE DE 1995RESPECTO DE DEUDAS TRIBUTARIAS Y/O PREVISIONALES, CUYA RECAUDACION ESTA A CARGO DE LA D.G.I. DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE INGRESOSPUBLICOS DEL M.E.O.S.P., SERA DEL UNO POR CIENTO (1%) MENSUAL SOBRE SALDOS. LA MODIFICACION DISPUESTA REGIRA A PARTIR DEL 1º DE OCTUBRE DE 1995, INCLUSIVE.- CAD.