DECRETOS SECRETOS Y RESERVADOS
Decreto S 46/1989
Bs. As., 17/1/1989
VISTO lo informado por los ESTADOS MAYORES GENERALES del EJERCITO, de la ARMADA y de la FUERZA AEREA, lo asesorado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo determinado en el Artículo 22 de la Ley Nº 17.531 - Ley de Servicio Militar, corresponde fijar las fechas de incorporación y los efectivos de ciudadanos a convocar de la clase 1970 y otras que deban ser incorporadas con la misma, a las FUERZAS ARMADAS.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para el dictado del presente acto conforme con lo establecido en el Artículo 86 inciso 15 de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y cantidad de efectivos de la clase 1970 y otras que deban ser incorporadas con la misma, para las FUERZAS ARMADAS, de acuerdo a:
- EJERCITO: a partir de la segunda semana del mes de febrero de 1989, la cantidad de hasta CUATRO MIL DOSCIENTOS (4.200) ciudadanos;
a partir de la segunda semana de marzo de 1989, la cantidad de hasta VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA (24.860) ciudadanos.
- ARMADA: los días 7 de febrero, 18 de abril, 30 de mayo, 27 de julio y 27 de setiembre de 1989, la cantidad de hasta SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO (7.975) ciudadanos.
- FUERZA AEREA: a partir de la primera quincena del mes de enero de 1989, la cantidad de hasta SEIS MIL (6.000) ciudadanos.
Art. 2° — Facúltase a los señores Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, para que a partir de las fechas fijadas en el artículo anterior, escalonen el llamado conforme a las necesidades de sus respectivas Fuerzas.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — ALFONSIN.
Decreto S 46/1989
Bs. As., 17/1/1989
VISTO lo informado por los ESTADOS MAYORES GENERALES del EJERCITO, de la ARMADA y de la FUERZA AEREA, lo asesorado por el ESTADO MAYOR CONJUNTO DE LAS FUERZAS ARMADAS, lo propuesto por el señor Ministro de Defensa, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo determinado en el Artículo 22 de la Ley Nº 17.531 - Ley de Servicio Militar, corresponde fijar las fechas de incorporación y los efectivos de ciudadanos a convocar de la clase 1970 y otras que deban ser incorporadas con la misma, a las FUERZAS ARMADAS.
Que el PODER EJECUTIVO NACIONAL se halla facultado para el dictado del presente acto conforme con lo establecido en el Artículo 86 inciso 15 de la Constitución Nacional.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA:
Artículo 1° — Fíjanse las siguientes fechas de incorporación y cantidad de efectivos de la clase 1970 y otras que deban ser incorporadas con la misma, para las FUERZAS ARMADAS, de acuerdo a:
- EJERCITO: a partir de la segunda semana del mes de febrero de 1989, la cantidad de hasta CUATRO MIL DOSCIENTOS (4.200) ciudadanos;
a partir de la segunda semana de marzo de 1989, la cantidad de hasta VEINTICUATRO MIL OCHOCIENTOS SESENTA (24.860) ciudadanos.
- ARMADA: los días 7 de febrero, 18 de abril, 30 de mayo, 27 de julio y 27 de setiembre de 1989, la cantidad de hasta SIETE MIL NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO (7.975) ciudadanos.
- FUERZA AEREA: a partir de la primera quincena del mes de enero de 1989, la cantidad de hasta SEIS MIL (6.000) ciudadanos.
Art. 2° — Facúltase a los señores Jefes de los Estados Mayores Generales de las Fuerzas Armadas, para que a partir de las fechas fijadas en el artículo anterior, escalonen el llamado conforme a las necesidades de sus respectivas Fuerzas.
Art. 3° — Comuníquese y archívese. — ALFONSIN.