OBRAS SOCIALES
DESREGULACION - DERECHO DE OPCION -
Fecha de sanción
Publicada en el Boletín Nacional del
06-Jun-2000
Resumen:
ESTABLECESE QUE LOS BENEFICIARIOS DEL SISTEMA NACIONAL DEL SEGURO DE SALUD PODRAN, A PARTIR DEL 1 DE ENERO DE 2001, EJERCER EL DERECHO DE OPCION ENTRE LAS SIGUIENTES ENTIDADES: CUALQUIERA DE LAS OBRAS SOCIALES INDICADAS EN EL ARTICULO 1 DE LA LEY NRO. 23.660, LAS QUE SE HUBIERAN ADHERIDO AL SISTEMA DE LA LEY NRO. 23.661 Y SU MODIFICATORIA Y LAS ENTIDADES QUE TENGAN POR OBJETO ESPECIFICO LA PRESTACION DE SERVICIOS DE SALUD Y SE AJUSTEN A LA NORMATIVA QUE DETERMINARA LA SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS DE SALUD. SUPRESION DE LA ADMINISTRACION DE PROGRAMAS ESPECIALES.-