SISTEMA DE INTELIGENCIA NACIONAL
OBLIGACION DE GUARDAR SECRETO - ALCANCES
Resumen:
ESTABLECESE QUE QUEDAN RELEVADOS DE LA OBLIGACION DE GUARDAR SECRETO EN LOS TERMINOS DE LA LEY Nº 25.520, QUIENES INTEGREN O HAYAN INTEGRADO ORGANISMOS DE INTELIGENCIA, LAS FUERZAS ARMADAS, DE SEGURIDAD Y LAS POLICIALES, O FUERAN O HAYAN SIDO FUNCIONARIOS O PERSONAS ALCANZADAS POR DICHA OBLIGACION, CUANDO FUEREN LLAMADOS A PRESTAR DECLARACION RESPECTO DE LOS HECHOS O INFORMACIONES A LOS QUE HUBIEREN TENIDO ACCESO EN EJERCICIO DE SUS FUNCIONES Y QUE PUDIERAN CONDUCIR A LA OBTENCION DE ELEMENTOS DE INTERES EN EL MARCO DE LAS CAUSAS JUDICIALES POR LAS GRAVES VIOLACIONES MASIVAS A LOS DERECHOS HUMANOS COMETIDAS DURANTE LA ULTIMA DICTADURA MILITAR QUE ASOLARA AL PAIS ENTRE LOS AÑOS 1976 Y 1983, COMO TAMBIEN RESPECTO DE LOS HECHOS QUE DE CUALQUIER MANERA SE VINCULAREN CON EL TERRORISMO DE ESTADO.